Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063389)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación solar fotovoltaica "Jabalí 1" y línea de evacuación asociada en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/641.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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de determinar la presencia, abundancia y evolución en términos cuantitativos de las
poblaciones de aves en el entorno próximo de la planta y de la línea de evacuación
aérea, el comportamiento de las especies durante la explotación del Proyecto Fotovoltaico e incorporar y sintetizar los resultados obtenidos en los análisis anteriores para
la incorporación de medidas preventivas y correctoras que mitiguen la posible incidencia del Proyecto Fotovoltaico y sus infraestructuras adyacentes sobre la avifauna.
2.6. Se incluirá en el Plan de Vigilancia Ambiental el estado de la vegetación durante el
periodo de obras de la instalación fotovoltaica y su infraestructura de evacuación. Se
llevará el seguimiento de aquellos rodales de especies de flora protegida que hayan
sido delimitados previamente al inicio de las mismas.


Plan de vigilancia el seguimiento incluirá la viabilidad de las plantaciones efectuadas,
de las labores de integración y de restauración y revegetación. Se incluirá un calendario de ejecución de las labores preparatorias, de implantación y de mantenimiento
de las revegetaciones. Deberá elaborarse esta planificación para toda la vida útil de
la planta, por tratarse de actuaciones cuya eficacia será comprobada a medio-largo
plazo.

2.7. S
 iempre que se detecte cualquier afección al medio no prevista, de carácter negativo, y que precise una actuación para ser evitada o corregida, se emitirá un informe
especial con carácter urgente aportando toda la información necesaria para actuar en
consecuencia.
2.8. S
 i se manifestase algún impacto ambiental no previsto, el promotor quedará obligado
a adoptar medidas adicionales de protección ambiental. Si dichos impactos perdurasen, a pesar de la adopción de medidas específicas para paliarlos o aminorarlos, se
podrá suspender temporalmente de manera cautelar la actividad hasta determinar
las causas de dicho impacto y adoptar la mejor solución desde un punto de vista
medioambiental.
G) Comisión de seguimiento.
Considerando las condiciones y medidas para prevenir, corregir y compensar los efectos adversos sobre el medio ambiente que se recogen en la presente declaración de impacto ambiental, no se estima necesario crear una comisión de seguimiento ambiental para la construcción y explotación de la planta solar fotovoltaica “Jabalí 1” y la línea de evacuación.
H) Calificación rústica.
La calificación rústica es un acto administrativo de carácter constitutivo y excepcional, de
naturaleza no autorizatoria y eficacia temporal, por el que se establecen las condiciones para