Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063389)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación solar fotovoltaica "Jabalí 1" y línea de evacuación asociada en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/641.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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El IGME no registra factores de riesgo para el movimiento de terrenos en la zona de
instalación de la planta solar fotovoltaica. En definitiva, el riesgo de movimiento de
ladera se considera muy bajo. Por lo que no se contempla ninguna medida de mitigación, ya que no es necesaria para el proyecto.


– Inundaciones y avenidas.

El Plan Especial de Protección Civil de Riesgo de Inundaciones en Extremadura indica que el municipio de Cáceres se encuentra catalogado dentro de los términos
municipales con áreas de riesgo potencial significativo de inundación alto (ARPSIs).
Sin embargo, no se contempla este como un municipio con afección grave a cascos
urbanos considerando la onda de rotura concomitante con la avenida, según el Plan
de Emergencia de Presa.
Para ello, la instalación eléctrica debe contar con un estudio de inundabilidad, por lo
que los efectos perjudiciales producidos por un fenómeno de lluvia intensa e inundaciones deben estar ya contemplados y mitigados en el diseño de las instalaciones.


– Incendios forestales.

La parcela de emplazamiento del Proyecto se ubica fuera de Zonas de Alto Riesgo de
Incendio (ZAR), aunque su calidad de “monte” le confiere la categoría de Zona de
Riesgo Medio de Incendio.
La principal causa de incendios forestales de origen natural son las descargas eléctricas procedentes de episodios de tormentas eléctricas. No obstante, la mayoría de
incendios forestales se deben a causas antrópicas.
En este sentido, se ha demostrado que no existe un peligro específico de incendio
causado por plantas solares fotovoltaicas. El riesgo de incendio de las plantas solares fotovoltaicas no es superior a las de cualquier instalación eléctrica, al fin y al
cabo.
Según la IEA o Agencia Internacional de la Energía, recalca que un sistema fotovoltaico correctamente instalado y mantenimiento apropiadamente, no representa un
riesgo para el medio ambiente ni un riesgo para la seguridad de las personas.
En cualquier caso, se tendrá en cuenta la Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención
y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura, así como la orden anual
sobre épocas de peligro (está vigente la Orden de 20 mayo 2019, por la que se establece la Época de Peligro Alto de incendios forestales del Plan INFOEX, se regula el