Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063213)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio suscrito el 17 de noviembre de 2020 entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz sobre concesión directa de una subvención para la ejecución de las obras de Orellana la Vieja a N-430 por Acedera "Nueva variante a la localidad de Orellana la Vieja".
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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En ejecución de lo dispuesto en la estipulación Cuarta, A) del citado Convenio, la Junta de Extremadura contabilizó el abonó del pago a la Diputación Provincial previsto para la anualidad
de 2020 por importe de 363.840,00 € el 14 de diciembre 2020.
Segundo. En la estipulación Tercera del Convenio “Cuantía”, se establecía en el primer párrafo que “la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, a través de la Dirección General
de Movilidad e Infraestructuras Viarias, subvencionará con la cantidad de setecientos tres mil
trescientos sesenta y nueve euros y cinco céntimos, (703.369,05 €), a la Diputación Provincial de Badajoz, que corresponde al 50% del coste de ejecución de las obras contenidas en el
“Proyecto de ejecución de nueva variante a la localidad de Orellana la Vieja”, que se estima
en un total de 1.406.738,10 euros”.
Así mismo en el segundo párrafo de dicha estipulación se estableció que “esta aportación
se hará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Posición Presupuestaria 160040000 G/353B/76200, Proyecto 20200043, correspondiendo
363.840,00€ a la anualidad 2020, 169.764,53€ a la anualidad 2021 y 169.764,52€ a la anualidad 2022”.
Además se pactó que “la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, aportará el 50% de
la liquidación del contrato de obras cuando esta se produzca, teniendo siempre presente que
la máxima aportación de la Junta de Extremadura, por cualquiera de los conceptos, será de
703.369,05 €”.
Y por último, en los últimos párrafos de la citada estipulación tercera se acordó que “la aportación de la Diputación Provincial de Badajoz, que se corresponde con el 50% del coste presupuestado para la ejecución de las obras, (703.369,05 €), se hará con cargo a la Aplicación
Presupuestaria 320/45300/65002”, estableciéndose que 333.604, 53 € se aportarían en la
anualidad de 2021 y el resto, 369.764,52 €, en la anualidad de 2022.
Disponiéndose seguidamente que estas “aportaciones provinciales podrán ser ajustadas en función de la ejecución de la obra, sin que sea necesaria una modificación del presente Convenio”.
Tercero. En la estipulación cuarta del citado Convenio, relativa al “pago y justificación de la
subvención” se estableció que:
“A). Pago: La subvención se hará efectiva de la siguiente forma:
Anualidad 2020: El importe previsto para la anualidad de 2020 se realizará en un primer y
único pago anticipado por importe de 363.840,00€ que se abonará a la firma del presente
convenio, previa acreditación documental, gráfica y suficiente de la instalación de los medios de publicidad de la inversión a los que se hace referencia en la estipulación séptima.