Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Saneamiento Ganadero. Ayudas. (2022050202)
Orden de 2 de noviembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto de vaciado sanitario.
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Martes 15 de noviembre de 2022

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por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para
la repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas
nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles (BOE de 27
de febrero), así como, la publicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 25 marzo), hizo necesario proceder a la
publicación de un nuevo decreto que establezca las bases reguladoras para la concesión de
estas subvenciones que se adapte a estas nuevas normas, por lo que se publicó el Decreto
6/2018, de 23 de enero. El Real Decreto 82/2015, se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento
(UE) n.º 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles
con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea. Así, en el artículo 26.1 del citado Reglamento (UE) n.º 702/2014 de
la Comisión, de 25 de junio de 2014, se establece que: “las ayudas a las pyme dedicadas a
la producción agrícola primaria para los costes de prevención, control y erradicación de enfermedades de los animales o plagas vegetales serán compatibles con el mercado interior, a
tenor del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado y quedarán exentas de la obligación
de notificación en su artículo 108, apartado 3, si cumplen las condiciones de los apartados 2
a 13 del presente artículo y del capítulo I”.
En consecuencia, se considera necesario establecer las bases reguladoras de las ayudas a la
repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, objeto de vaciado sanitario.
Estas ayudas serán financiadas por el Estado, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que podrá subvencionar hasta el 50 por ciento, en función de las disponibilidades presupuestarias, del gasto previsto o realizado por las comunidades autónomas
y con fondos propios de la Comunidad de Extremadura.
El 25 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 142, el Decreto
107/2016, de 19 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la
repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, objeto de vaciado sanitario.
El Decreto 107/2016 se modifica por el Decreto 37/2017, de 28 de marzo, con el objeto de
añadir nuevos supuestos no incluidos anteriormente como que las agrupaciones de personas
físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio puedan ser persona o entidad beneficiarias de la ayuda, así como
establecer criterios de actuación en el caso de cambio de titularidad de las explotaciones ganaderas que ostenten la condición de solicitante o persona o entidad beneficiaria de la ayuda.