Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. (2022063414)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, del Consejero, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2023 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 216

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Lunes 14 de noviembre de 2022

30 de abril.
26 de noviembre.
10 de diciembre.
17 de diciembre.
24 de diciembre.
31 de diciembre.
Segundo. Instar a las Corporaciones Locales a que una vez determinados los dos domingos
y festivos hábiles para la actividad económica en su término municipal, aplicando a su criterio y conveniencia los criterios recogidos en el artículo 30.3 de la Ley 3/2002, de 9 de mayo,
de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la nueva redacción dada por el
Decreto-ley 3/2012, de 19 de octubre, de estímulo de la actividad comercial, lo notifiquen a la
Secretaría General de Economía y Comercio de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda
Digital antes del 15 diciembre de 2022. A falta de notificación serán consideradas como tales
las dos fiestas locales determinadas para cada Municipio y que figuren en el Calendario Laboral Oficial de Fiestas para la Comunidad Autónoma durante el año 2023.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la presente resolución,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o ser impugnados
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo a tenor de lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que contra la
resolución de un recurso de reposición no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el
recurso extraordinario de revisión, en los supuestos y en los plazos que señala el artículo 125
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y de la posibilidad de ejercitar, en su caso, cualquier otro
que estimen procedente.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 9 de noviembre de 2022.
El Consejero de Economía, Ciencia y
Agenda Digital,
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA