Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. (2022063414)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, del Consejero, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2023 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 218
Lunes 14 de noviembre de 2022

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2022, del Consejero, por la que
se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos
comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2023 en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022063414)
La reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado
por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 9.1.16 que le corresponde
a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en “Comercio interior,
dentro de la unidad de mercado y conforme a la legislación mercantil, regulación y régimen
de control administrativo de las actividades y equipamientos comerciales, en especial de las
grandes superficies”.
En su virtud, la Asamblea de Extremadura aprobó la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura que regula en su artículo 30, en la nueva redacción dada por el Decreto-ley 3/2012, de 19 de octubre, de estímulo de la actividad comercial,
la actividad comercial en domingos y festivos.
Del régimen autonómico debe subrayarse que la regla general continúa siendo la no apertura
de establecimientos comerciales de más de 300 m2 en domingos y festivos, permitiendo la
apertura únicamente diez días al año, atendiendo a que la citada normativa básica en ningún
caso permite limitar por debajo de diez el número mínimo de domingos y festivos de apertura
autorizada. De estos diez días, ocho serán determinados por la Consejería competente en materia de comercio, a propuesta del Consejo de Comercio de Extremadura y los dos restantes
por las Corporaciones Locales, por acuerdo del órgano correspondiente y previa notificación a
la citada Consejería antes del 15 de diciembre.
Por todo lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 de la Ley 3/2002,
de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, oído el Consejo de
Comercio en su sesión ordinaria celebrada el 8 de noviembre de 2022,
RESUELVO:
Primero. Aprobar los siguientes ocho días festivos del año 2023 de apertura autorizada para
establecimientos comerciales radicados en Extremadura:
8 de enero.
6 de abril.