Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063154)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación "Alas" en San Vicente de Alcántara. Anualidades 2022-2024. Expte.: 221803SYM005.
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NÚMERO 218
Lunes 14 de noviembre de 2022

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— Dotar a la ZIR de los medios técnicos, humanos y financieros que aseguren el correcto
desarrollo de las actuaciones orientadas a cumplir los objetivos de protección y conservación establecidos, así como los objetivos de desarrollo socioeconómico propuestos
bajo la perspectiva del desarrollo sostenible.
Así, la declaración de esta área protegida, conlleva la necesidad de plantear una estrategia
en aras a facilitar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que los componen,
asegurando su preservación.
Dada la importancia de esta área protegida en el patrimonio natural de Extremadura, así
como las necesidades de ejecución de actividades de sensibilización ambiental en el mismo
para permitir la conservación de los valores que motivaron su declaración, el Centro de Interpretación “Alas” en San Vicente de Alcántara forma parte de la Red de Equipamientos y
Recursos Ambientales de Extremadura. Las actuaciones incluidas en el anexo I del presente
convenio y que se subvencionan mediante el mismo se destinan a permitir el establecimiento
del programa de uso público previsto en el manifiesto primero del presente convenio. Se debe
destacar que el Centro de Interpretación “Alas” es propiedad del Ayuntamiento de San Vicente
de Alcántara.
Tercero. El presente convenio se ajusta a lo establecido en el apartado c) del artículo 22.4 y
en el apartado 1.a) del artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de 25 de marzo de 2011). Este procedimiento de concesión directa sin convocatoria previa obedece a la naturaleza de la actividad
que promueve el presente convenio ligado a la existencia de un Equipamiento Ambiental de
propiedad municipal donde se promueve el uso público en un Área Protegida.
En el artículo 34 de la Ley 8/1998, de 26 de junio modificada por la Ley 9/2006, de 23 de
diciembre se establece que “los Parques Naturales y las Reservas Naturales contarán con un
Centro de Información e Interpretación dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, en el que se desarrollarán las mencionadas tareas, así como las de sensibilización y educación ambiental. Los restantes Espacios Naturales Protegidos podrán contar con un centro
de similares características en atención a sus particularidades, a tenor de lo que establezca
su norma de declaración.”
Para la correcta gestión de las Áreas Protegidas resulta fundamental la sensibilización ambiental como herramienta para la conservación de la naturaleza. Por este motivo, la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad, coordina una Red de Equipamientos Ambientales
formada por un conjunto de instalaciones destinadas a la protección de valores naturales,
interpretación de la naturaleza y divulgación ambiental en las áreas protegidas.