Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063154)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación "Alas" en San Vicente de Alcántara. Anualidades 2022-2024. Expte.: 221803SYM005.
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Lunes 14 de noviembre de 2022

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trata de establecer un programa de uso público y desarrollo turístico sostenible mediante la
dinamización de infraestructuras ambientales que permitan ofertar un programa de actividades de ocio y tiempo libre, educación ambiental y conocimiento del medio, compatibilizando la
conservación de estos ecosistemas con su rentabilidad económica, científica y cultural. Estas
actividades se encuentran adaptadas a las necesidades concretas de conservación de cada
área, así como a la población y visitantes, todo ello con la finalidad de alcanzar unos objetivos
específicos.
Las actuaciones de esta Red son coordinadas desde el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas con la finalidad de permitir una correcta programación de las
actuaciones a ejecutar, evitando solapamientos de acciones, rentabilizando el gasto público y
estableciéndose unas directrices y requerimientos mínimos en la ejecución de estas labores
de educación ambiental.
Segundo. La Sierra de San Pedro es nombrada Zona de Especial Protección para las Aves
(ZEPA) en el año 1989, pasando a formar parte de la Red Natura 2000. Posteriormente, mediante la Ley 9/2006, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley 8/98, de 26 de junio,
esta área se declara Zona de Interés Regional (ZIR), una tipología de Espacio Natural Protegido. Según la Ley de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura
(Artículo 21) las Zonas de Interés Regional son aquellos lugares que habiendo sido declarados
como Zonas de la Red Natura 2000 a través de alguna de las categorías del artículo 27 bis de
la citada Ley, presentan elementos o sistemas naturales cuya representatividad, singularidad,
rareza, fragilidad o interés aconsejan también su declaración como Espacio Natural Protegido,
al objeto de que les sea de aplicación el régimen jurídico previsto para los mismos.
Mediante Orden de 2 de octubre de 2009 se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la
Zona de Interés Regional “Sierra de San Pedro”. En dicho Plan Rector se establecen, entre
otros los siguientes objetivos generales:
— Promover la educación ambiental y el conocimiento público de los valores ecológicos,
históricos y culturales del territorio incluido en la ZIR y los municipios que lo integran,
y su significación.
— Facilitar la contemplación y el disfrute público de los valores del territorio incluido en la
ZIR, siguiendo el criterio de compatibilidad con la conservación de estos valores.
— Establecer mecanismos específicos que proporcionen a las comunidades locales la información necesaria para, mediante un conocimiento preciso de los valores y procesos
naturales de la ZIR, participar activa y eficazmente en la gestión de su territorio.