Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063154)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación "Alas" en San Vicente de Alcántara. Anualidades 2022-2024. Expte.: 221803SYM005.
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Lunes 14 de noviembre de 2022

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Novena. Subcontratación.
El Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara podrá subcontratar hasta el 100% del proyecto
objeto de subvención regulado en el presente convenio. Se considera que existe subcontratación cuando el beneficiario concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actuación.
Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el
beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. El Ayuntamiento
de San Vicente de Alcántara habrá de respetar en sus relaciones con los subcontratistas, las
previsiones de la normativa en materia de contratos del sector público para los contratos
subvencionados.
Décima. Medidas de Publicidad y otras obligaciones.
El Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara instalará, en un lugar visible, con caracteres
adecuados y de acuerdo con las directrices de la Consejería, carteles informativos con la indicación de que la actuación se realiza mediante cofinanciación de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad con fondos europeos, FEADER, medida 7.6.4. “Promoción del
uso público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas de alto valor natural
así como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural” del programa operativo integrado de Extremadura 2014-2022, de conformidad con el Reglamento (UE)
1305/2013 y el anexo III del Reglamento de ejecución (UE) 808/2014, así como la adopción
de medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se
modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General
de Concesión de Subvenciones y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto
7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad por la Resolución de 27 de enero de 2020 de
la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública publicada en el
DOE n.º 19, de 29 de enero de 2020, se informa al beneficiario de esta operación que su pago
estará condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente convenio y
demás reglamentación vigente y en particular al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. De la obligatoriedad de llevar un sistema de contabilidad separado, o bien asignar un
código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con cada operación.