Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063331)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Trujillanos. Expte.: IA17/773.
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022
54990
— Ministerio de Defensa. En relación con lo previsto en la disposición adicional segunda
del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, informa favorablemente la
aprobación inicial del Plan General Municipal de Trujillanos.
— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General
de Telecomunicaciones, se emite informe favorable en relación con la adecuación del
Plan General Municipal de Trujillanos a la normativa sectorial de telecomunicaciones.
— Dirección General de Política Energética y Minas. Ministerio para la Transición Ecológica. En cuanto a las infraestructuras energéticas se informa que no discurre en la
actualidad ninguna infraestructura gasista o petrolífera competencia de la Administración General del Estado. En todo caso, se considera que la aprobación urbanística
sometida a informe deberá estar sujeta a lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de
octubre del sector de hidrocarburos y en su normativa de desarrollo. En relación a
la evaluación de impacto ambiental de proyectos competencia de la Administración
General del Estado, cabe destacar que resulta de aplicación lo dispuesto en la Lay
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
— Adif. Se pone de manifiesto que por el término municipal de Trujillanos no existen
líneas ferroviarias en explotación ni en construcción, incluidas en la Red Ferroviaria
de Interés General, ni se tiene constancia de que se estén realizando estudios de
nuevas líneas.
— Diputación de Badajoz. Informa que por el término municipal de Trujillanos no discurren carreteras competencia de esta Diputación de Badajoz.
— Red Eléctrica de España. lnformamos de las líneas existentes propiedad de Red
Eléctrica de España, que discurren por la zona a la que se refiere la publicación, y
que pudieran ser afectadas: Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400
kV, Almaraz-Bienvenida y línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV,
Mérida-Trujillo. En virtud de lo anterior, rogamos que se tengan en cuenta estas instalaciones en el plan de referencia o en futuros planes, considerando que, cualquier
afección sobre las líneas y sus instalaciones, deberá cumplir las condiciones establecidas en los Reglamentos que resulten de aplicación, así como con lo contenido en
los artículos 153 y 154 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Para las líneas
aéreas y conforme a lo establecido en el artículo 162.3 del referido Real Decreto
Viernes 11 de noviembre de 2022
54990
— Ministerio de Defensa. En relación con lo previsto en la disposición adicional segunda
del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, informa favorablemente la
aprobación inicial del Plan General Municipal de Trujillanos.
— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General
de Telecomunicaciones, se emite informe favorable en relación con la adecuación del
Plan General Municipal de Trujillanos a la normativa sectorial de telecomunicaciones.
— Dirección General de Política Energética y Minas. Ministerio para la Transición Ecológica. En cuanto a las infraestructuras energéticas se informa que no discurre en la
actualidad ninguna infraestructura gasista o petrolífera competencia de la Administración General del Estado. En todo caso, se considera que la aprobación urbanística
sometida a informe deberá estar sujeta a lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de
octubre del sector de hidrocarburos y en su normativa de desarrollo. En relación a
la evaluación de impacto ambiental de proyectos competencia de la Administración
General del Estado, cabe destacar que resulta de aplicación lo dispuesto en la Lay
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
— Adif. Se pone de manifiesto que por el término municipal de Trujillanos no existen
líneas ferroviarias en explotación ni en construcción, incluidas en la Red Ferroviaria
de Interés General, ni se tiene constancia de que se estén realizando estudios de
nuevas líneas.
— Diputación de Badajoz. Informa que por el término municipal de Trujillanos no discurren carreteras competencia de esta Diputación de Badajoz.
— Red Eléctrica de España. lnformamos de las líneas existentes propiedad de Red
Eléctrica de España, que discurren por la zona a la que se refiere la publicación, y
que pudieran ser afectadas: Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400
kV, Almaraz-Bienvenida y línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV,
Mérida-Trujillo. En virtud de lo anterior, rogamos que se tengan en cuenta estas instalaciones en el plan de referencia o en futuros planes, considerando que, cualquier
afección sobre las líneas y sus instalaciones, deberá cumplir las condiciones establecidas en los Reglamentos que resulten de aplicación, así como con lo contenido en
los artículos 153 y 154 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Para las líneas
aéreas y conforme a lo establecido en el artículo 162.3 del referido Real Decreto