Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063350)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de sector "Hostelería de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022

54904

El disfrute de cada período semanal o, en su caso, de la acumulación de dichos períodos, deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de quince días. Este derecho es
individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor.
La suspensión del contrato de trabajo, transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada
parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, y conforme se determine
reglamentariamente. La persona trabajadora deberá comunicar a la empresa, con una antelación mínima de quince días, el ejercicio de este derecho en los términos establecidos, en su
caso, en los convenios colectivos. Cuando los dos progenitores que ejerzan este derecho trabajen para la misma empresa, la dirección empresarial podrá limitar su ejercicio simultáneo
por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito.
Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y Terrorismo (Ley Orgánica
1/2004 de 28 de diciembre).
Reducción de jornada: Las personas trabajadoras víctima de violencia de género y terrorismo
tendrá derecho a una reducción de jornada. Será derecho de la persona trabajadora determinar en cuanto reduce su jornada y elegir el horario de trabajo que más le convenga. Articulo
37.7 (nuevo), del Estatuto de los Trabajadores.
Cambio de centro de trabajo: La persona trabajadora víctima de violencia de género que se
vea obligada a cambiar de centro de trabajo para hacer efectiva su protección, tendrá derecho
preferente a ocupar otro puesto de trabajo dentro del mismo grupo o categoría equivalente,
que la empresa tenga vacante en otro de sus centros de trabajo.
En este supuesto la empresa vendrá obligada a comunicar a los afectados las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir en el futuro.
El traslado tendrá una duración de 6 meses, durante este periodo la empresa tendrá la obligación de reservar su anterior puesto de trabajo. Terminado este periodo, la trabajadora podrá
optar entre el regreso a su anterior puesto o la continuidad en el nuevo. Articulo 40.4 , del
Estatuto de los Trabajadores.
Excedencia: La persona trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho a una
excedencia. La persona trabajadora tendrá derecho a la asistencia de cursos de formación
profesional. El periodo en que la persona trabajadora permanezca en situación de excedencia,
será computable a efectos de antigüedad. Cuando se produzca la reincorporación, ésta se
realizara en las mismas condiciones existentes en el momento de la suspensión del contrato.
Artículo 45.1, del Estatuto de los Trabajadores.