Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063350)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de sector "Hostelería de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022

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c) Cuando los festivos se acumulen a las vacaciones se disfrutarán también los días de
descanso semanal que correspondan al periodo, independientemente de los días compensados. (Cada 5 días festivos trabajados, 7 días de descanso)
d) En el supuesto de que algún festivo coincida con el día o días de descanso semanal
del trabajador/a, estos se les compensarán o bien en descanso con el 205 % o bien en
metálico en la misma proporción, a elegir la opción por el trabajador/a.
Fórmula de cálculo de la hora de Festivos:
Base de cotización* 12 meses / 1784 horas = valor hora ordinaria Valor hora + (30%) o,
(205%) = valor hora en festivo.
Valor hora festivo X jornada diaria.
Ejemplo: 1.100 X 12 = 13.200: 1784 = 7,40


7,40 X 30% = 2,22



2,22 X (horas de la jornada) 8h. = 17,76

Artículo 17. Fiesta patronal.
El día 29 de julio se considerará festivo a todos los efectos, con gratificación por parte de la
empresa a todos sus trabajadores, por día y trabajador la cantidad de:
Para el 2020, el importe quedará fijado en 10,97 €.sin efectos retroactivos.
Para el 2021, el importe quedará fijado en 11,08 €. sin efectos retroactivos.
Para el 2022, el importe quedará fijado en 11,52 €.
Para el 2023, el importe quedará fijado en 11,72 €.
Artículo 18. Excedencias especiales.
Las personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio Colectivo tendrán derecho, llevando un mínimo de un año en la empresa, a las excedencias que se citan en el artículo 46 del
Estatuto de los Trabajadores, apartados 1 y 4, teniendo en cuenta que las responsabilidades
sindicales se estructuran a nivel provincial o superior y los cargos públicos se concretan en
Ayuntamientos, Autonomías y Parlamento. Este tipo de excedencia conlleva la incorporación
inmediata del trabajador/a al cesar en el cargo que la motivó.