Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063355)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una planta de gestión de residuos no peligrosos, promovida por Extrepronatur, SL, en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022
54954
expedientes de autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el
procedimiento normal regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel se indican.
— Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Fuente del Maestre y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.
b. M
edidas en fase de construcción.
La ejecución del proyecto está condicionada al estricto cumplimiento de las medidas
preventivas indicadas a continuación y a la asunción de las mismas por parte de la entidad promotora. Debiendo recoger el proyecto íntegramente las siguientes medidas:
Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a varios elementos de naturaleza
arqueológica y de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse afectado durante el
transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo las siguientes medidas preventivas,
durante la ejecución de las obras:
–S
erá obligatorio un Control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural, desbroces o destoconamiento que conlleve la ejecución del proyecto de referencia con
respecto a los elementos arqueológicos arriba referidos. En esos casos, el control
arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las actuaciones de desbroces iníciales, gradeos, instalaciones auxiliares, destoconados,
replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas
bajo rasante natural.
Viernes 11 de noviembre de 2022
54954
expedientes de autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el
procedimiento normal regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel se indican.
— Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Fuente del Maestre y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.
b. M
edidas en fase de construcción.
La ejecución del proyecto está condicionada al estricto cumplimiento de las medidas
preventivas indicadas a continuación y a la asunción de las mismas por parte de la entidad promotora. Debiendo recoger el proyecto íntegramente las siguientes medidas:
Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a varios elementos de naturaleza
arqueológica y de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse afectado durante el
transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo las siguientes medidas preventivas,
durante la ejecución de las obras:
–S
erá obligatorio un Control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural, desbroces o destoconamiento que conlleve la ejecución del proyecto de referencia con
respecto a los elementos arqueológicos arriba referidos. En esos casos, el control
arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las actuaciones de desbroces iníciales, gradeos, instalaciones auxiliares, destoconados,
replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas
bajo rasante natural.