Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063355)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una planta de gestión de residuos no peligrosos, promovida por Extrepronatur, SL, en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022
54950
4. E
l incumplimiento de las condiciones incluidas en este Informe puede ser constitutivo de una infracción administrativa de las previstas en las Ley 8/1998.
5. E
ste informe se emite sólo a efectos ambientales y en virtud de la legislación
vigente, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales o de reglamentos exigidos que, en todo caso, habrán de cumplirse.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
En el entorno de la futura planta de residuos no hay evidencia de red hidrográfica activa, pese a la cercanía de la sierra al Sur de la ubicación, estando los más cercanos a
1,9 km, tanto al NO (Arroyo de la Cañada Honda) como al SE. La ausencia de cauces da
lugar a una ausencia de afección indirecta sobre este factor del medio respecto de las
fuentes oficiales de referencia utilizada.
Por lo tanto, se entiende que no existen obras que puedan afectar a dominio público
hidráulico o zona de policía. No obstante, con la adopción de las medidas preventivas
oportunas y la autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se asegurará una mínima afección, evitando perjudicar a la calidad de las aguas.
— Suelos.
En la zona de actuación, tal y como se ha comentado con anterioridad, destacan las especies dedicadas a cultivos leñosos de secano, fundamentalmente de vid y olivo, tanto
la parcela como el perímetro vallado de la planta (0,998 ha), se asienta sobre superficies de dedicadas a viñedo, estando circundadas esas mismas por viñedo y olivar. Estos
usos se caracterizan por su elevada artificialidad y su escaso valor ecológico.
Las acciones que pueden causar mayor impacto pertenecen a la fase de construcción,
debido a los movimientos de tierra para construcción de instalaciones principales y auxiliares.
Respecto a la contaminación del suelo, no es previsible debido a la instalación de las
medidas correctoras propuestas en proyecto.
La erosión del suelo sería producida por la construcción de las instalaciones ya que después de la misma no se produciría más erosión al no realizarse actuación alguna sobre
suelo desnudo.
— Fauna.
Al tratarse de un entorno antropizado (de tipo agrícola: viñedo) colindante con infraestructuras artificiales (la carretera EX-360), las principales especies que se citan dentro
Viernes 11 de noviembre de 2022
54950
4. E
l incumplimiento de las condiciones incluidas en este Informe puede ser constitutivo de una infracción administrativa de las previstas en las Ley 8/1998.
5. E
ste informe se emite sólo a efectos ambientales y en virtud de la legislación
vigente, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales o de reglamentos exigidos que, en todo caso, habrán de cumplirse.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
En el entorno de la futura planta de residuos no hay evidencia de red hidrográfica activa, pese a la cercanía de la sierra al Sur de la ubicación, estando los más cercanos a
1,9 km, tanto al NO (Arroyo de la Cañada Honda) como al SE. La ausencia de cauces da
lugar a una ausencia de afección indirecta sobre este factor del medio respecto de las
fuentes oficiales de referencia utilizada.
Por lo tanto, se entiende que no existen obras que puedan afectar a dominio público
hidráulico o zona de policía. No obstante, con la adopción de las medidas preventivas
oportunas y la autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se asegurará una mínima afección, evitando perjudicar a la calidad de las aguas.
— Suelos.
En la zona de actuación, tal y como se ha comentado con anterioridad, destacan las especies dedicadas a cultivos leñosos de secano, fundamentalmente de vid y olivo, tanto
la parcela como el perímetro vallado de la planta (0,998 ha), se asienta sobre superficies de dedicadas a viñedo, estando circundadas esas mismas por viñedo y olivar. Estos
usos se caracterizan por su elevada artificialidad y su escaso valor ecológico.
Las acciones que pueden causar mayor impacto pertenecen a la fase de construcción,
debido a los movimientos de tierra para construcción de instalaciones principales y auxiliares.
Respecto a la contaminación del suelo, no es previsible debido a la instalación de las
medidas correctoras propuestas en proyecto.
La erosión del suelo sería producida por la construcción de las instalaciones ya que después de la misma no se produciría más erosión al no realizarse actuación alguna sobre
suelo desnudo.
— Fauna.
Al tratarse de un entorno antropizado (de tipo agrícola: viñedo) colindante con infraestructuras artificiales (la carretera EX-360), las principales especies que se citan dentro