Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Premios. (2022063319)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de los Premios Extremadura Región Emprendedora, para la anualidad 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 216
Jueves 10 de noviembre de 2022
54551
3. E
n virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las empresas y personas
interesadas no tendrán que aportar aquellos documentos necesarios en el procedimiento,
que ya obren en poder de la Administración, debiendo para ello indicar en qué momento y
ante qué órgano administrativo presentó tales documentos.
4. Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los documentos
exigidos, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo de 10 días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la advertencia de que si así no
lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución, que deberá ser dictada en virtud de lo
establecido en el artículo 21 del mismo texto legal.
Décimo. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. L
as solicitudes podrán presentarse durante el plazo de un mes a partir del día siguiente a
la publicación de la presente resolución de convocatoria, junto con su extracto, en el Diario
Oficial de Extremadura (DOE).
2. Presentación de la solicitud:
a. Se debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la sede electrónica https://sede.gobex.es , con la información requerida y adjuntar los documentos
que correspondan.
b. L
a solicitud debe completarse mediante la firma electrónica de la empresa o persona
solicitante, o su representante, quien deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico
deben estar correctamente configurado y validado para su uso en sede electrónica. Si
no dispusiera de dicho certificado puede obtener el mismo a través de las siguientes
direcciones electrónicas: http://www.cert.fnmt.es/
o https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
c. La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea
registrada a través del registro electrónico habilitado al efecto.
3. E
n supuestos de interrupción no planificada en el funcionamiento de registro electrónico se
dispondrán de las medidas para que la persona usuaria resulte informada de esta circunstancia. En tales supuestos, si se produjera la interrupción del servicio, u otras incidencias
técnicas que haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que
Jueves 10 de noviembre de 2022
54551
3. E
n virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las empresas y personas
interesadas no tendrán que aportar aquellos documentos necesarios en el procedimiento,
que ya obren en poder de la Administración, debiendo para ello indicar en qué momento y
ante qué órgano administrativo presentó tales documentos.
4. Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los documentos
exigidos, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo de 10 días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la advertencia de que si así no
lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución, que deberá ser dictada en virtud de lo
establecido en el artículo 21 del mismo texto legal.
Décimo. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. L
as solicitudes podrán presentarse durante el plazo de un mes a partir del día siguiente a
la publicación de la presente resolución de convocatoria, junto con su extracto, en el Diario
Oficial de Extremadura (DOE).
2. Presentación de la solicitud:
a. Se debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la sede electrónica https://sede.gobex.es , con la información requerida y adjuntar los documentos
que correspondan.
b. L
a solicitud debe completarse mediante la firma electrónica de la empresa o persona
solicitante, o su representante, quien deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico
deben estar correctamente configurado y validado para su uso en sede electrónica. Si
no dispusiera de dicho certificado puede obtener el mismo a través de las siguientes
direcciones electrónicas: http://www.cert.fnmt.es/
o https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
c. La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea
registrada a través del registro electrónico habilitado al efecto.
3. E
n supuestos de interrupción no planificada en el funcionamiento de registro electrónico se
dispondrán de las medidas para que la persona usuaria resulte informada de esta circunstancia. En tales supuestos, si se produjera la interrupción del servicio, u otras incidencias
técnicas que haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que