Consejería De Educación Y Empleo. Educación De Adultos. (2022063326)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca la celebración de pruebas libres que permitan la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2022/2023.
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NÚMERO 216

54590

Jueves 10 de noviembre de 2022

6. U
 na vez cumplido el trámite para la expedición de dichos títulos por la Secretaría General
de Educación, serán remitidos a las Delegaciones Provinciales de Educación, para que los
interesados, personalmente o por terceras personas autorizadas legalmente, procedan a la
retirada de los mismos en los centros habilitados como sedes administrativas de los Tribunales Calificadores correspondientes.
7. F
 inalizada las pruebas libres y una vez publicados los listados definitivos de evaluación,
los certificados relativos tanto a las calificaciones obtenidas como el de superación de la
prueba, podrán solicitarse por escrito al equipo directivo del centro que fue habilitado como
sede administrativa del tribunal correspondiente. Los certificados se confeccionarán de
acuerdo con los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela y con los modelos
establecidos en los anexos XIX y XX de la presente resolución.
Vigésimo. Centros penitenciarios.
Por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, los centros penitenciarios podrán
solicitar a la Delegación Provincial correspondiente, un cambio en el horario establecido en el
apartado noveno de esta resolución de las pruebas objeto de esta convocatoria.
Vigésimo primero. Recursos.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal como
establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 31 de octubre de 2022.
El Secretario General de Educación,
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES

El Director General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo,
MANUEL GÓMEZ PAREJO