Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063118)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación Jóvenes y Deporte por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo conjunto del Programa "Dinamización Deportiva" en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2022.
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NÚMERO 216
Jueves 10 de noviembre de 2022

54431

En aquellos casos en que la práctica o ejecución del programa realizado genere un producto
susceptible de propiedad intelectual, salvo acuerdo particular entre las diferentes partes, se
estará a lo dispuesto en la legislación vigente y corresponderán, en exclusiva, a la Junta de
Extremadura.
Octava. Vigencia.
Este convenio surtirá efectos en el momento de su firma y tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante, tendrán la consideración de gastos, los realizados desde el 1
de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del 2022, de conformidad con lo establecido en la
cláusula tercera y sin perjuicio de lo establecido para la justificación documental recogida en
la mencionada cláusula.
Novena. Resolución del convenio.
Se extinguirá cuando concurra cualquiera de las siguientes causas:
— Mutuo acuerdo de las partes que deberá ser instrumentado por escrito.
— Denuncia del convenio. Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio
comunicándolo a la otra parte por escrito con veinte días de antelación a la fecha en la
que desee la terminación del mismo o, en su caso, su prórroga.
— Incumplimiento grave o manifiesto de las estipulaciones contenidas en el convenio,
por cualquiera de las partes firmantes. Antes de la resolución se hará un previo requerimiento notificado a la parte incumplidora en el que se indicarán las obligaciones y
compromisos que se consideren incumplidos concediendo un plazo máximo de diez días
para su cumplimiento. De este requerimiento se dará traslado a la Comisión de seguimiento prevista en el presente Convenio. Transcurrido el plazo concedido sin atender el
requerimiento, la parte que lo haya dirigido notificará a la incumplidora la concurrencia
de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
— Vencimiento del plazo de validez del convenio.
— Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que
constituyen su objeto.
Décima. Naturaleza jurídica del convenio.
El presente convenio por el que se formaliza una transferencia específica tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las