Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063271)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Mejostilla FV 5" e infraestructura de evacuación, a ejecutar en el término municipal de Cáceres.
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NÚMERO 215

54258

Miércoles 9 de noviembre de 2022

RELACIÓN DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura. Dirección General de Política Forestal
Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias

X

Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Política Forestal

X

Servicio de Regadíos de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural

X

Ayuntamiento de Cáceres

X

Coordinación de los Agentes de la Unidad Territorial de Vigilancia n.º 8

X

A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos. La respuesta del promotor a los mismos se ha integrado en el apartado
C (Resumen del análisis técnico del expediente) de la presente declaración.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite con fecha 23 de septiembre de 2020 informe, indicando que, a
efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se
detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva por la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del
Territorio de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre).
Así mismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el pasado 27 de junio de 2019.
— El Servicio de Regadíos de la Secretearía General de Población y Desarrollo Rural emite
informe con fecha 14 de octubre de 2020 en el que indica que le proyecto no incide sobre competencias de este Servicio, por no ubicarse sobre bienes especiales adquiridos al
amparo de las normas sobre colonización y desarrollo agrario, ni afectar a actuaciones
en materia de regadío o concentración parcelaria, reguladas en los títulos II, IV y V de
la Ley 6/2015 de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.