Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Voluntariado. Premios. (2022050201)
Orden de 4 de noviembre de 2022 por la que se convocan los Premios Extremeños al Voluntariado 2022.
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NÚMERO 215
Miércoles 9 de noviembre de 2022
54224
general que comporten un compromiso a favor de la sociedad o de la persona, de carácter
cívico, social, cultural, educativo, integrador, de cooperación para el desarrollo, deportivo y
protección del medio ambiente, de protección civil o cualquier otra de naturaleza análoga,
a favor de los grupos vulnerables, a través del ejercicio de proyectos sociales normalizados
en los que el componente voluntario asuma un especial protagonismo.
Artículo 4. Solicitantes.
1.
Podrán presentar candidaturas a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas
o privadas, comprendidas en el artículo precedente a favor de terceros, que estén
comprendidos igualmente en el precepto anterior.
2. La Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias y la Comisión de Valoración
de los premios podrán presentar de oficio, para su incorporación a la convocatoria, las
candidaturas de terceros que por su relevancia y méritos estimen convenientes.
Artículo 5. Órganos competentes para la ordenación, instrucción, valoración, propuesta y resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de los
premios será la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, que realizará
de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos y méritos en virtud de los cuales deba efectuarse la valoración
y la propuesta de resolución.
La Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias realizará una preevaluación
de las candidaturas presentadas en la que se verificará el cumplimiento de las condiciones
impuestas para ser merecedora de los premios y formulará a la Comisión de Valoración una
propuesta provisional de las candidaturas, debidamente motivada. Asimismo, en la misma
propuesta provisional podrá incorporar, en su caso, las candidaturas a las que se refiere el
artículo 4.2 anterior.
2.
El órgano competente para la valoración de las candidaturas y para la propuesta de
resolución de concesión de los premios será la Comisión de Valoración, que estará formada
por el Consejo Extremeño del Voluntariado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del
Decreto 131/2022, de 26 de octubre, que elevará la propuesta al Vicepresidente Segundo
y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales.
3. A la vista de la citada propuesta, el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y
Servicios Sociales procederá a dictar resolución de concesión de los premios en el plazo de
dos meses contados desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de
Miércoles 9 de noviembre de 2022
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general que comporten un compromiso a favor de la sociedad o de la persona, de carácter
cívico, social, cultural, educativo, integrador, de cooperación para el desarrollo, deportivo y
protección del medio ambiente, de protección civil o cualquier otra de naturaleza análoga,
a favor de los grupos vulnerables, a través del ejercicio de proyectos sociales normalizados
en los que el componente voluntario asuma un especial protagonismo.
Artículo 4. Solicitantes.
1.
Podrán presentar candidaturas a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas
o privadas, comprendidas en el artículo precedente a favor de terceros, que estén
comprendidos igualmente en el precepto anterior.
2. La Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias y la Comisión de Valoración
de los premios podrán presentar de oficio, para su incorporación a la convocatoria, las
candidaturas de terceros que por su relevancia y méritos estimen convenientes.
Artículo 5. Órganos competentes para la ordenación, instrucción, valoración, propuesta y resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de los
premios será la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, que realizará
de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos y méritos en virtud de los cuales deba efectuarse la valoración
y la propuesta de resolución.
La Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias realizará una preevaluación
de las candidaturas presentadas en la que se verificará el cumplimiento de las condiciones
impuestas para ser merecedora de los premios y formulará a la Comisión de Valoración una
propuesta provisional de las candidaturas, debidamente motivada. Asimismo, en la misma
propuesta provisional podrá incorporar, en su caso, las candidaturas a las que se refiere el
artículo 4.2 anterior.
2.
El órgano competente para la valoración de las candidaturas y para la propuesta de
resolución de concesión de los premios será la Comisión de Valoración, que estará formada
por el Consejo Extremeño del Voluntariado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del
Decreto 131/2022, de 26 de octubre, que elevará la propuesta al Vicepresidente Segundo
y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales.
3. A la vista de la citada propuesta, el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y
Servicios Sociales procederá a dictar resolución de concesión de los premios en el plazo de
dos meses contados desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de