Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063343)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de habilitación funcional incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022
54028
5. Periodicidad, forma de pago y justificación.
De conformidad con el artículo 23 del Decreto 122/2022, el abono del concierto se hará
efectivo dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación del documento
que acredite la conformidad con los servicios prestados, en función del número de plazas
concertadas establecidas en el anexo I.
A este respecto, indicar que, el número anual de días de atención directa es de 220,
considerándose el mes de agosto periodo vacacional para la prestación de este servicio.
La tramitación de los pagos se realizará a mes vencido.
Dentro de los dos primeros días hábiles siguientes a la mensualidad a certificar la entidad
deberá presentar la siguiente documentación:
• la certificación de los usuarios atendidos en el mes inmediatamente anterior.
• certificación del cumplimiento de ratios de profesionales que atienden el servicio.
• Factura que contendrá el número de tratamientos concertados, precio/plaza día, promedio
del número de días de atención y número de tratamientos para el que se cumple la ratio
en los casos en que sea inferior al número de tratamientos concertados.
Por parte del órgano gestor, se le podrá requerir a la entidad la presentación de las facturas
y/o justificantes del gasto y pago en que ha incurrido la entidad por la prestación de este
servicio.
Excepcionalmente, el coste del servicio prestado desde el día 2 de octubre de 2022 hasta
que sea suscrito el concierto, será abonado con carácter retroactivo previa presentación de
la documentación detallada en el párrafo cuarto anterior y de la aprobación del documento
de conformidad de los servicios prestados.
6. Derechos y obligaciones de las partes. Ejecución de la prestación
Los derechos y obligaciones de las partes son los recogidos en el pliego de condiciones
del procedimiento de concertación directa para la prestación del Servicio de Habilitación
Funcional incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura que consta
en el expediente, actuando con pleno respeto a los principios de universalidad, igualdad,
equidad, atención personalizada e integral y calidad en la atención.
Martes 8 de noviembre de 2022
54028
5. Periodicidad, forma de pago y justificación.
De conformidad con el artículo 23 del Decreto 122/2022, el abono del concierto se hará
efectivo dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación del documento
que acredite la conformidad con los servicios prestados, en función del número de plazas
concertadas establecidas en el anexo I.
A este respecto, indicar que, el número anual de días de atención directa es de 220,
considerándose el mes de agosto periodo vacacional para la prestación de este servicio.
La tramitación de los pagos se realizará a mes vencido.
Dentro de los dos primeros días hábiles siguientes a la mensualidad a certificar la entidad
deberá presentar la siguiente documentación:
• la certificación de los usuarios atendidos en el mes inmediatamente anterior.
• certificación del cumplimiento de ratios de profesionales que atienden el servicio.
• Factura que contendrá el número de tratamientos concertados, precio/plaza día, promedio
del número de días de atención y número de tratamientos para el que se cumple la ratio
en los casos en que sea inferior al número de tratamientos concertados.
Por parte del órgano gestor, se le podrá requerir a la entidad la presentación de las facturas
y/o justificantes del gasto y pago en que ha incurrido la entidad por la prestación de este
servicio.
Excepcionalmente, el coste del servicio prestado desde el día 2 de octubre de 2022 hasta
que sea suscrito el concierto, será abonado con carácter retroactivo previa presentación de
la documentación detallada en el párrafo cuarto anterior y de la aprobación del documento
de conformidad de los servicios prestados.
6. Derechos y obligaciones de las partes. Ejecución de la prestación
Los derechos y obligaciones de las partes son los recogidos en el pliego de condiciones
del procedimiento de concertación directa para la prestación del Servicio de Habilitación
Funcional incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura que consta
en el expediente, actuando con pleno respeto a los principios de universalidad, igualdad,
equidad, atención personalizada e integral y calidad en la atención.