Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063343)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de habilitación funcional incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022

54025

Asimismo, se constata que las entidades propuestas como adjudicatarias cumplen los requisitos
del artículo 5 de la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación
de servicios a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura,
que no se encuentran incursas en ninguna prohibición para contratar establecida en la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, ni han sido sancionadas en los
términos establecidos en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Asimismo, no se encuentran en ninguna causa que dé lugar a la resolución del concierto en
los términos del artículo 6.2 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre. Igualmente, este
órgano gestor ha comprobado que las entidades propuestas en el anexo I se encuentran al
corriente de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Estatal, Autonómica y Seguridad
Social.
Cuarto. Amparados en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que las
Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o
a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes
en sus actos, el órgano gestor comprueba que efectivamente se ha producido un error de
transcripción en el número de plazas acreditadas por la entidad Plena Inclusión Don Benito,
con CIF: G06008833. En consecuencia, subsana el error en el anexo I de entidades propuestas
para la prestación del Servicio de Habilitación Funcional, asignándole a la entidad un total de
210 plazas acreditadas.
Quinto. De conformidad con el artículo 17 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre,
por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para
la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en
Extremadura, los conciertos sociales se perfeccionarán con su formalización en el plazo de
veinte días hábiles desde la notificación de la adjudicación, en un documento administrativo
en el que se recogerán los derechos y obligaciones de las partes y todas las previsiones
necesarias para su correcta ejecución y control en los términos previstos en los artículos 11
y 12 de la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de
servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura. En
todo caso, deberá constar que las entidades concertadas actuarán con pleno respeto a los
principios de universalidad, igualdad, equidad, atención personalizada e integral y calidad en
la atención.
Por todo ello, de acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho descritos
con anterioridad, y de conformidad con la propuesta formulada por la Jefatura de Unidad de
Gestión de Programas Asistenciales del SEPAD a fecha de 31de octubre de 2022, el Director
Gerente del SEPAD,