Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063341)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de centro ocupacional incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022

54003

términos establecidos en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Asimismo, no se encuentran en ninguna causa que dé lugar a la resolución del concierto en
los términos del artículo 6.2 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre. Igualmente, este
órgano gestor ha comprobado que las entidades propuestas en el anexo I se encuentran al
corriente de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Estatal, Autonómica y Seguridad
Social.
Cuarto. De conformidad con el artículo 17 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre,
por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para
la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en
Extremadura, los conciertos sociales se perfeccionarán con su formalización en el plazo de
veinte días hábiles desde la notificación de la adjudicación, en un documento administrativo
en el que se recogerán los derechos y obligaciones de las partes y todas las previsiones
necesarias para su correcta ejecución y control en los términos previstos en los artículos 11
y 12 de la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de
servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura. En
todo caso, deberá constar que las entidades concertadas actuarán con pleno respeto a los
principios de universalidad, igualdad, equidad, atención personalizada e integral y calidad en
la atención.
Por todo ello, de acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho descritos
con anterioridad, y de conformidad con la propuesta formulada por la Jefatura de Unidad de
Gestión de Programas Asistenciales del SEPAD a fecha de 31de octubre de 2022, el Director
Gerente del SEPAD,
RESUELVE
Único. La concertación directa para la prestación del Servicio de Centro Ocupacional incluido
en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura con las entidades detalladas en
el anexo I, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria única del Decreto
122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre,
de conciertos sociales para la prestación de servicios a la personas en el ámbito social,
sanitario y sociosanitario en Extremadura, desde el 2 de octubre de 2022 al 1 de octubre de
2023, con sujeción al pliego de condiciones suscrito en fecha 13 de octubre de 2022.
Frente a la resolución expresa de este procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, la
entidad interesada podrá interponer recurso de reposición ante el Director Gerente del SEPAD
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, conforme
a lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 123 y 124 de la Ley