Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063338)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de centro de día incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
53988
Martes 8 de noviembre de 2022
b) Requerir a los responsables de las entidades la aportación de cuanta información, datos
y documentos considere necesarios.
c) Entrevistar a las personas usuarias de los servicios, sus representantes legales y
familiares.
d) Efectuar comprobaciones materiales y contables, investigaciones, análisis de calidad y
demás actividades adecuadas al cumplimiento de sus fines.
e) R
ealizar todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la normativa de
aplicación.
Las personas responsables de las entidades y centros, así como sus representantes y
personal a su servicio, están obligadas a facilitar las funciones de seguimiento, vigilancia
y control, posibilitando el acceso a las dependencias e instalaciones y el examen de
documentos, libros y registros; así como a suministrar cualquier otra información o datos
estadísticos necesarios para comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable en
materia de servicios sociales.
La persona responsable del concierto supervisará anualmente, el cumplimiento de las
obligaciones que, en relación con las cláusulas sociales y ambientales que se encuentran
recogidas en el pliego de condiciones, y que han sido calificadas como condiciones
especiales de ejecución.
13. Régimen jurídico.
En lo no previsto regirá lo dispuesto en la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales
para la prestación de servicios a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario
en Extremadura, el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley
13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las
personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, Ley 3/2021, de 30
de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2022, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, Decreto 151/2006, de 31 de
julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX),
así como la normativa que por razón de la materia le sea de aplicación.
Mérida, 31 de octubre de 2022.
El Director Gerente del SEPAD,
JOSÉ VICENTE GRANADO GRANADO
53988
Martes 8 de noviembre de 2022
b) Requerir a los responsables de las entidades la aportación de cuanta información, datos
y documentos considere necesarios.
c) Entrevistar a las personas usuarias de los servicios, sus representantes legales y
familiares.
d) Efectuar comprobaciones materiales y contables, investigaciones, análisis de calidad y
demás actividades adecuadas al cumplimiento de sus fines.
e) R
ealizar todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la normativa de
aplicación.
Las personas responsables de las entidades y centros, así como sus representantes y
personal a su servicio, están obligadas a facilitar las funciones de seguimiento, vigilancia
y control, posibilitando el acceso a las dependencias e instalaciones y el examen de
documentos, libros y registros; así como a suministrar cualquier otra información o datos
estadísticos necesarios para comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable en
materia de servicios sociales.
La persona responsable del concierto supervisará anualmente, el cumplimiento de las
obligaciones que, en relación con las cláusulas sociales y ambientales que se encuentran
recogidas en el pliego de condiciones, y que han sido calificadas como condiciones
especiales de ejecución.
13. Régimen jurídico.
En lo no previsto regirá lo dispuesto en la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales
para la prestación de servicios a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario
en Extremadura, el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley
13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las
personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, Ley 3/2021, de 30
de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2022, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, Decreto 151/2006, de 31 de
julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX),
así como la normativa que por razón de la materia le sea de aplicación.
Mérida, 31 de octubre de 2022.
El Director Gerente del SEPAD,
JOSÉ VICENTE GRANADO GRANADO