Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063096)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del SEXPE, y la Universidad de Extremadura, para la impartición del título propio de Experto Profesional en Relaciones Laborales (Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social) -2ª edición-.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022
53936
la obtención del Título de Experto Profesional en “Relaciones Laborales (Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social)”.
Segundo. Que la normativa reguladora de cursos de formación continua y títulos propios de
la UEx establece que estos cursos y títulos propios son las enseñanzas que lleva a cabo la UEx
a través de sus centros, departamentos, institutos, campus virtual u otros órganos, con el fin
de facilitar una formación acorde con la demanda social que no esté atendida por los estudios
universitarios oficiales de grado o de postgrado
Tercero. Que el SEXPE es un Organismo Autónomo de carácter administrativo, dotado de
personalidad jurídica propia y adscrito a la Consejería de Educación y Empleo, con autonomía
y capacidad para el cumplimiento de sus fines, que se rige por la Ley 7/2001, de 14 de
junio, y disposiciones que la desarrollen; por sus Estatutos aprobados por Decreto 26/2009,
de 27 de febrero; por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura; por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura, y demás normativa aplicable a los Organismos Autónomos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Que el artículo 2 de los Estatutos del SEXPE establece como fines del mismo la
ejecución de las políticas activas de empleo, administrando, gestionando y coordinando los
procesos derivados de las mismas, especialmente en materia de información, orientación
e intermediación laboral, fomento del empleo y el autoempleo, así como la gestión de la
formación profesional para el empleo, impulsando y extendiendo entre las empresas y los
trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda adecuadamente a sus
necesidades y contribuya al desarrollo de la economía extremeña, bajo la coordinación y/o
supervisión estratégica de la Secretaría General de Empleo.
Quinto. Que conforme a lo previsto en el artículo 4 de sus Estatutos, el SEXPE, al que se
le encomienda la gestión de los programas y medidas de políticas activas de empleo en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura de acuerdo con lo establecido en Real
Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley de Empleo, desarrollará, bajo la supervisión y control de la Consejería competente en
materia de empleo, entre otras funciones, al amparo de lo previsto en el artículo 2 de la Ley
7/2001, de 14 de junio, de creación del SEXPE, la formalización de acuerdos y convenios de
colaboración con cualquier persona jurídica, pública o privada, que tengan como fin específico
el fomento del empleo, la formación para el empleo, orientación e intermediación laboral, así
como todos aquellos referidos a las competencias atribuidas al SEXPE.
Sexto. Que con fecha 23 de noviembre de 2020, la Consejería de Educación y Empleo, a
través del SEXPE, y la UEx firmaron el Convenio Marco de colaboración para la impartición
Martes 8 de noviembre de 2022
53936
la obtención del Título de Experto Profesional en “Relaciones Laborales (Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social)”.
Segundo. Que la normativa reguladora de cursos de formación continua y títulos propios de
la UEx establece que estos cursos y títulos propios son las enseñanzas que lleva a cabo la UEx
a través de sus centros, departamentos, institutos, campus virtual u otros órganos, con el fin
de facilitar una formación acorde con la demanda social que no esté atendida por los estudios
universitarios oficiales de grado o de postgrado
Tercero. Que el SEXPE es un Organismo Autónomo de carácter administrativo, dotado de
personalidad jurídica propia y adscrito a la Consejería de Educación y Empleo, con autonomía
y capacidad para el cumplimiento de sus fines, que se rige por la Ley 7/2001, de 14 de
junio, y disposiciones que la desarrollen; por sus Estatutos aprobados por Decreto 26/2009,
de 27 de febrero; por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura; por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura, y demás normativa aplicable a los Organismos Autónomos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Que el artículo 2 de los Estatutos del SEXPE establece como fines del mismo la
ejecución de las políticas activas de empleo, administrando, gestionando y coordinando los
procesos derivados de las mismas, especialmente en materia de información, orientación
e intermediación laboral, fomento del empleo y el autoempleo, así como la gestión de la
formación profesional para el empleo, impulsando y extendiendo entre las empresas y los
trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda adecuadamente a sus
necesidades y contribuya al desarrollo de la economía extremeña, bajo la coordinación y/o
supervisión estratégica de la Secretaría General de Empleo.
Quinto. Que conforme a lo previsto en el artículo 4 de sus Estatutos, el SEXPE, al que se
le encomienda la gestión de los programas y medidas de políticas activas de empleo en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura de acuerdo con lo establecido en Real
Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley de Empleo, desarrollará, bajo la supervisión y control de la Consejería competente en
materia de empleo, entre otras funciones, al amparo de lo previsto en el artículo 2 de la Ley
7/2001, de 14 de junio, de creación del SEXPE, la formalización de acuerdos y convenios de
colaboración con cualquier persona jurídica, pública o privada, que tengan como fin específico
el fomento del empleo, la formación para el empleo, orientación e intermediación laboral, así
como todos aquellos referidos a las competencias atribuidas al SEXPE.
Sexto. Que con fecha 23 de noviembre de 2020, la Consejería de Educación y Empleo, a
través del SEXPE, y la UEx firmaron el Convenio Marco de colaboración para la impartición