Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063094)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para formalizar la concesión directa de una subvención para financiar la ejecución de las obras de mejora de la eficiencia energética en la UEX.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022



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4º. D
 urante la ejecución de toda la operación de financiación de obras de infraestructuras o construcción que se beneficie de una ayuda del FEDER superior a 500.000 €, el
beneficiario colocará un cartel temporal de tamaño significativo en un lugar visible
para el público.



5º. E
 l beneficiario colocará, en un lugar visible para el público, un cartel o placa permanente de tamaño significativo en un plazo de tres meses a partir de la conclusión
de una operación cuando la contribución pública total a la operación supera los
500.000 €.

El cartel, salvo para aquellos casos contemplados en los anteriores apartados 4 y
5, deberá tener al menos un tamaño mínimo de un A3 y mencionar la ayuda financiera de la Unión, en un lugar visible para el público, por ejemplo, la entrada de un
edificio.
Para todas las actuaciones, el cartel o la placa indicarán el nombre y el objetivo principal de la operación. Se prepararán de acuerdo con las características adoptadas
por la Comisión de conformidad con el artículo 115, apartado 4 del Reglamento (UE)
N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
Asimismo, las actuaciones deberán identificarse con el lema: “UNA MANERA DE HACER EUROPA”. La Universidad de Extremadura, deberá acompañar la ejecución de
las actuaciones con la imagen gráfica dispuesta y contenida en la Estrategia de Comunicación de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional
y del Fondo Social Europeo de Extremadura 2014-2020. Y ello, con independencia
de cualquier otra fuente de financiación con que cuenten los proyectos a ejecutar,
cuyos logotipos y leyendas no podrán ocupar más espacio que el previsto para la
publicidad del decreto de referencia.
k. En todo caso, será de cumplimiento lo dispuesto en las normativas que regulan las ayudas recibidas de los Fondos FEDER:


1º. R
 eglamento (UE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de
diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión,
al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la
Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al fondo de Cohesión y al Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) N.º 1083/2006.