Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063289)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la sociedad "URVIPEXSA, SA", para la gestión de las ayudas para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, previstas en el Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022

53793

ANEXO I
SOBRE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A
DATOS PERSONALES
Primera. Objeto y descripción.
El presente convenio tiene por objeto regular los servicios prestados por URVIPEXSA, SA y
que implican un tratamiento de datos de carácter personal responsabilidad de la Consejería
de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
A los efectos de este convenio, la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital tendrá
la consideración de responsable del tratamiento y URVIPEXSA, SA tendrá la consideración de
encargado del tratamiento conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante,
RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y en el resto de
normativa vigente en la materia.
Los servicios encargados por el Responsable del Tratamiento consisten en los descritos en el
convenio al que se incorpora el presente documento.
En consecuencia, el Encargado del Tratamiento, se obliga con respecto a la información y
material recibido a:
• Utilizar dicha información de forma reservada.
• No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida como resultado de la firma
del presente convenio.
• Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación escrita de las partes y únicamente en términos de tal aprobación.
• Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y subcontratados, salvo en la
medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas
acordadas.
• No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución del
presente convenio.