Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063289)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la sociedad "URVIPEXSA, SA", para la gestión de las ayudas para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, previstas en el Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022

53791

No obstante, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita
ante la otra con una antelación mínima de tres meses a la fecha en que desee dar por
finalizado el presente acuerdo, sin perjuicio de la terminación completa de las actividades
que estén en ese momento en ejecución.
3. La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Undécima. Extinción del convenio.
1. S
 erá causa de extinción del convenio el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto a satisfacción de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital o incurrir
en la causa de resolución.
Serán causas de Resolución del presente convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguno de los firmantes, en cuyo caso la otra parte podrá requerir a la parte incumplidora para que
cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran
incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar l indemnización de los perjuicios
causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.
e) P
 or Imposibilidad sobrevenida de realizar la prestación.
Decimosegunda. Régimen jurídico.
La Entidad Colaboradora, en relación con las subvenciones para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, se regirá por lo establecido en el presente convenio,
por las bases reguladoras establecidas en el Decreto 97/2022 de 20 de Julio, por el que se
establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la
ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la primera convocatoria, así como
por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, la