Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063289)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la sociedad "URVIPEXSA, SA", para la gestión de las ayudas para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, previstas en el Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022
53784
c) Prestar colaboración y facilitar a la entidad colaboradora la documentación necesaria
para realizar sus funciones.
d) Supervisar las actuaciones de URVIPEXSA, SA, como entidad colaboradora.
e) P
ronunciarse sobre cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que asume la
entidad colaboradora, que conllevará, el inicio del correspondiente procedimiento para
declarar dicho incumplimiento.
f) Cumplir con las normas de confidencialidad, tratamiento y protección de datos de carácter personal recogidas en la cláusula novena y en el Anexo al presente convenio.
g) Adoptar las medidas de difusión contenidas en la cláusula octava del presente convenio.
h) A
utorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a los
controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de
Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
i) Garantizar el pleno cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al
medio ambiente” (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático y
digital.
j) Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con
las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e,
igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las
medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación,
en protección de los intereses financieros de la Unión.
Quinta. Obligaciones de URVIPEXSA, SA, como entidad colaboradora.
1. Son obligaciones de la entidad colaboradora:
a) Dar difusión a las ayudas entre los potenciales beneficiarios.
b) Contestar a todas las dudas y consultas que los interesados y solicitantes puedan realizar en el menor plazo posible.
c) Resolver las incidencias o consultas que se realicen por los beneficiarios por los canales
que se habiliten al efecto.
Lunes 7 de noviembre de 2022
53784
c) Prestar colaboración y facilitar a la entidad colaboradora la documentación necesaria
para realizar sus funciones.
d) Supervisar las actuaciones de URVIPEXSA, SA, como entidad colaboradora.
e) P
ronunciarse sobre cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que asume la
entidad colaboradora, que conllevará, el inicio del correspondiente procedimiento para
declarar dicho incumplimiento.
f) Cumplir con las normas de confidencialidad, tratamiento y protección de datos de carácter personal recogidas en la cláusula novena y en el Anexo al presente convenio.
g) Adoptar las medidas de difusión contenidas en la cláusula octava del presente convenio.
h) A
utorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a los
controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de
Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
i) Garantizar el pleno cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al
medio ambiente” (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático y
digital.
j) Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con
las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e,
igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las
medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación,
en protección de los intereses financieros de la Unión.
Quinta. Obligaciones de URVIPEXSA, SA, como entidad colaboradora.
1. Son obligaciones de la entidad colaboradora:
a) Dar difusión a las ayudas entre los potenciales beneficiarios.
b) Contestar a todas las dudas y consultas que los interesados y solicitantes puedan realizar en el menor plazo posible.
c) Resolver las incidencias o consultas que se realicen por los beneficiarios por los canales
que se habiliten al efecto.