Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040147)
Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022

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del Extremadura la resolución de convocatoria y el extracto de la misma, conforme a lo
previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. L
 a concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito
presupuestario fijado en la convocatoria, sin perjuicio de las variaciones que puedan
producirse conforme al artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se considerará agotado el presupuesto
cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe de
la convocatoria.
Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse
a efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado
el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del titular de la Consejería
Economía, Ciencia y Agenda Digital el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial
de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las
solicitudes posteriormente presentadas.
10. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
1. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de 6 meses, a contar desde el día siguiente
al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto, en el Diario Oficial de
Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas a trámite. La resolución de
inadmisión será notificada en los términos del artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud se ajustará al modelo normalizado del anexo destinado al efecto, disponible,
además, en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura:
https://ciudadano.gobex.es/buscador-de-tramites/-/tramite
2. L
 a solicitud se dirigirá a la Dirección General de Agenda Digital, el anexo I que acompaña
esta convocatoria.
3. L
 a presentación de solicitudes para optar a estas ayudas supone la aceptación expresa
y formal de lo establecido en la presente convocatoria.