Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040147)
Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022
53540
deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a
la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien,
salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de
entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado
con anterioridad a la subvención, de conformidad con el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o,
en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia
y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no
recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
4. L
as infraestructuras y equipos que sean objeto de ayuda deberán permanecer afectos al
fin concreto del proyecto durante un periodo mínimo de cinco años, contados a partir de la
finalización del mismo, o hasta el final de su vida útil si esta fuera menor de 5 años.
5. No se considerarán gastos subvencionables expresamente los impuestos personales sobre
la renta, sobre el valor añadido y el resto de los impuestos ligados a la inversión o gasto
cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por el destinatario último de la
ayuda.
6. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
Artículo 8. Financiación de las ayudas.
1. L
as ayudas establecidas en el presente decreto están sujetas al cumplimiento, ejecución
y realización del objeto y los hitos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia para la inversión C15.14 “Renovación y sostenibilidad de infraestructuras.
Mejora del equipamiento que permite alojar las infraestructuras de telecomunicaciones
situadas en edificios para optimizar el despliegue de redes y lograr un menor consumo de
energía” de la componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. L
as ayudas reguladas en el presente decreto están contempladas en el conjunto de líneas
de actuación subvencionables previstas en el artículo 4 que será objeto de financiación con
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Lunes 7 de noviembre de 2022
53540
deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a
la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien,
salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de
entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado
con anterioridad a la subvención, de conformidad con el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o,
en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia
y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no
recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
4. L
as infraestructuras y equipos que sean objeto de ayuda deberán permanecer afectos al
fin concreto del proyecto durante un periodo mínimo de cinco años, contados a partir de la
finalización del mismo, o hasta el final de su vida útil si esta fuera menor de 5 años.
5. No se considerarán gastos subvencionables expresamente los impuestos personales sobre
la renta, sobre el valor añadido y el resto de los impuestos ligados a la inversión o gasto
cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por el destinatario último de la
ayuda.
6. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
Artículo 8. Financiación de las ayudas.
1. L
as ayudas establecidas en el presente decreto están sujetas al cumplimiento, ejecución
y realización del objeto y los hitos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia para la inversión C15.14 “Renovación y sostenibilidad de infraestructuras.
Mejora del equipamiento que permite alojar las infraestructuras de telecomunicaciones
situadas en edificios para optimizar el despliegue de redes y lograr un menor consumo de
energía” de la componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. L
as ayudas reguladas en el presente decreto están contempladas en el conjunto de líneas
de actuación subvencionables previstas en el artículo 4 que será objeto de financiación con
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.