Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2022040183)
Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213

53664

Lunes 7 de noviembre de 2022



1.º A
 yuda Base. La intensidad de la ayuda será, según lo establecido en el artículo 6
del presente decreto para la Opción A del cuarenta por ciento y para la Opción B del
treinta por ciento del coste elegible de la actuación.



2º Ayuda Adicional por criterio de eficiencia energética o actuación integrada. Se podrá
obtener una ayuda adicional a la ayuda base, siempre que se cumplan las condiciones que para ello se requiere, en los casos en que concurra criterio de eficiencia
energética o actuación integrada, de acuerdo con la definición que de estos conceptos se realiza en el artículo 6 del presente decreto. El cálculo de la ayuda adicional se
realizará sumando el porcentaje de cada uno de los dos criterios según corresponda.
En el caso del criterio de eficiencia energética solo se podrá aplicar uno de los tres
porcentajes, bien calificación energética A, B o incremento de 2 o más letras. Los valores de la ayuda adicional que corresponden a esta tipología de actuación se indican
en el cuadro siguiente, en el que los porcentajes son referidos a la suma de costes
elegibles correspondientes a esta tipología de actuación:
% adicional: Eficiencia energética
Calificación

Calificación

Incremento de

final A

final B

2 o más letras

10%

5%

0%

% adicional:
Actuación
integrada
5%

II.5. Sub-tipología 2.5: Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
1. O
 bjetivo. Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas de calefacción,
climatización, ventilación, producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas de edificios existentes, mediante actuaciones en los subsistemas de distribución,
regulación, control y emisión.
2. A
 ctuaciones subvencionables. Serán actuaciones subvencionables las realizadas en instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y producción de agua caliente sanitaria, así como la climatización de las piscinas.
Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la instalación térmica
que se renueve, son las que figuran en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los
Edificios (RITE) vigente.


Las actuaciones energéticas subvencionables serán, entre otras, las siguientes: