Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063248)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de un tanatorio-crematorio promovida por Antonio Morillo Mejías en el término municipal de Azuaga (Badajoz).
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022
53437
2. Al objeto de prevenir la contaminación del suelo, las instalaciones dispondrán de pavimento
impermeable.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica
1. Las instalaciones y los aparatos de iluminación se ajustarán a lo dispuesto en el Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas
complementarias.
2. Se instalarán luminarias led de 10 W de potencia máxima para indicar el acceso al recinto
e iluminar la zona de la fachada, el acceso peatonal y el acceso de vehículos. Se proyecta
instalar 2 luminarias en el acceso y 6 luminarias en la fachada exterior del edificio.
- f - Plan de ejecución
1.
En el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzara a ejecutarse o
desarrollarse en el plazo de cinco años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU,
la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), previa audiencia del titular, acordará la
caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23
de abril.
2. Dentro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la DGS solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo, y en particular:
— La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su
valorización o eliminación.
— Los resultados de los primeros controles externos de las emisiones a la atmósfera.
— La licencia municipal de obras.
- g - Vigilancia y seguimiento
Residuos gestionados (recepcionados y almacenados):
1.
El titular de la instalación deberá llevar un registro electrónico o documental de las
operaciones de recogida, almacenamiento y distribución de residuos realizadas en el que
figuren, al menos, los siguientes datos:
Viernes 4 de noviembre de 2022
53437
2. Al objeto de prevenir la contaminación del suelo, las instalaciones dispondrán de pavimento
impermeable.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica
1. Las instalaciones y los aparatos de iluminación se ajustarán a lo dispuesto en el Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas
complementarias.
2. Se instalarán luminarias led de 10 W de potencia máxima para indicar el acceso al recinto
e iluminar la zona de la fachada, el acceso peatonal y el acceso de vehículos. Se proyecta
instalar 2 luminarias en el acceso y 6 luminarias en la fachada exterior del edificio.
- f - Plan de ejecución
1.
En el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzara a ejecutarse o
desarrollarse en el plazo de cinco años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU,
la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), previa audiencia del titular, acordará la
caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23
de abril.
2. Dentro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la DGS solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo, y en particular:
— La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su
valorización o eliminación.
— Los resultados de los primeros controles externos de las emisiones a la atmósfera.
— La licencia municipal de obras.
- g - Vigilancia y seguimiento
Residuos gestionados (recepcionados y almacenados):
1.
El titular de la instalación deberá llevar un registro electrónico o documental de las
operaciones de recogida, almacenamiento y distribución de residuos realizadas en el que
figuren, al menos, los siguientes datos: