Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063080)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la "Realización de actividades relativas a la protección radiológica ambiental y a la vigilancia de las emisiones industriales en Extremadura. Anualidades 2022-2023". Expte.: 1855999FD020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022
53366
el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos”, Prioridad de inversión “06E Acciones para mejorar el entorno urbano, revitalizar las ciudades, rehabilitar y descontaminar
viejas zonas industriales (incluidas las reconversiones), reducir la contaminación atmosférica
y promover medidas de reducción del ruido”, Objetivo específico “OE.06.05.01 Mejorar el
entorno urbano, la rehabilitación de viejas zonas industriales y la reducción de la contaminación del suelo y la atmósfera”, Actuación: “20.003A Mantenimiento y mejora de las redes de
medición de parámetros medioambientales en tiempo real como las redes REPICA y RARE.”
Tasa de cofinanciación 80%.
Octava. Información y Publicidad.
Conforme a lo establecido en el anexo XII del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre las actividades de información y publicidad, las partes firmantes del presente Convenio deberán cumplir las siguientes
cuestiones:
1. E
n todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos FEDER a la operación mostrando:
a. El emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas establecidas en
el acto de ejecución adoptado por la Comisión con arreglo al artículo 115, apartado 4,
una referencia a la Unión Europea;
b. U
na referencia al Fondo FEDER que da apoyo al presente Convenio.
2. D
urante la realización de una operación, el beneficiario informará al público del apoyo obtenido de los Fondos FEDER:
a. Haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de uno,
de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos
y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión;
b. Colocando, al menos un cartel con información sobre el proyecto (de un tamaño mínimo
A3), en el que mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar bien visible para
el público, por ejemplo la entrada de un edificio.
3. E
n operaciones financiadas por el FEDER, el beneficiario se asegurará de que las partes que
intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación.
Cualquier documento relacionado con la ejecución de una operación que se destine al público o
a los participantes, incluidos los certificados de asistencia o de otro tipo, contendrá una declaración en la que se informe de que el programa operativo ha recibido apoyo del Fondo FEDER.
Viernes 4 de noviembre de 2022
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el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos”, Prioridad de inversión “06E Acciones para mejorar el entorno urbano, revitalizar las ciudades, rehabilitar y descontaminar
viejas zonas industriales (incluidas las reconversiones), reducir la contaminación atmosférica
y promover medidas de reducción del ruido”, Objetivo específico “OE.06.05.01 Mejorar el
entorno urbano, la rehabilitación de viejas zonas industriales y la reducción de la contaminación del suelo y la atmósfera”, Actuación: “20.003A Mantenimiento y mejora de las redes de
medición de parámetros medioambientales en tiempo real como las redes REPICA y RARE.”
Tasa de cofinanciación 80%.
Octava. Información y Publicidad.
Conforme a lo establecido en el anexo XII del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre las actividades de información y publicidad, las partes firmantes del presente Convenio deberán cumplir las siguientes
cuestiones:
1. E
n todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos FEDER a la operación mostrando:
a. El emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas establecidas en
el acto de ejecución adoptado por la Comisión con arreglo al artículo 115, apartado 4,
una referencia a la Unión Europea;
b. U
na referencia al Fondo FEDER que da apoyo al presente Convenio.
2. D
urante la realización de una operación, el beneficiario informará al público del apoyo obtenido de los Fondos FEDER:
a. Haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de uno,
de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos
y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión;
b. Colocando, al menos un cartel con información sobre el proyecto (de un tamaño mínimo
A3), en el que mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar bien visible para
el público, por ejemplo la entrada de un edificio.
3. E
n operaciones financiadas por el FEDER, el beneficiario se asegurará de que las partes que
intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación.
Cualquier documento relacionado con la ejecución de una operación que se destine al público o
a los participantes, incluidos los certificados de asistencia o de otro tipo, contendrá una declaración en la que se informe de que el programa operativo ha recibido apoyo del Fondo FEDER.