Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063082)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres) sobre concesión directa de una subvención para financiar la ejecución de las obras de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR).
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022

53304

un mes después de la firma del Acta de recepción de la obra; momento desde el cual se
iniciará el periodo de justificación que podrá extenderse hasta tres meses. Los pagos corresponderán en todo caso a actuaciones realizadas dentro del periodo de ejecución.
El beneficiario está exento de aportar garantías en relación con el plan de pagos anticipados establecido, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la
Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se ha emitido informe previo
favorable de la Consejería competente en materia de hacienda en relación al plan de pagos
establecido y la exención de garantías.
B) Justificación de la subvención:
Las justificaciones se efectuarán según lo previsto en el artículo 35 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la
presentación de Certificación emitida por el Secretario/Interventor del Ayuntamiento de
Peraleda de la Mata, en la que se hará constar tanto la acción realizada y su coste, el cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención, así como los gastos y pagos
ejecutados y conforme a las siguientes instrucciones:
— En cada justificación el Ayuntamiento de Peraleda de la Mata presentará certificación
de su intervención, en la que se hará constar tanto los gastos y pagos realizados que
les serán facilitados por MásMedio, como el cumplimiento de la finalidad para la que se
concede la subvención.
— En cada justificación se acompañarán las facturas y certificaciones de obra, así como
los documentos bancarios justificativos del pago de las mismas, de los que le ha dado
traslado el Consorcio MásMedio.
— En la justificación final, además de las facturas y certificaciones de obra, así como los
documentos bancarios justificativos del pago de las mismas, se presentará una copia
compulsada del Acta de recepción de la obra.
— Documentos relativos al procedimiento de contratación pública llevado a cabo por el
Consorcio MásMedio.
— Una memoria final de las actuaciones realizadas confeccionada por MásMedio.
— Además, serán necesarias certificaciones del director de obra, en la que se justifique la
realización de las obras conforme al proyecto aprobado.