Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063232)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para la transformación en regadío de una superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz). Expte: IA20/0320.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 211
Jueves 3 de noviembre de 2022
53256
14. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la obra
y los transformadores se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su
evacuación y tratamiento por gestor autorizado. Se habilitarán contenedores para los
residuos no peligrosos generados durante las obras para su retirada por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la normativa relativa a residuos.
15. Los restos y residuos de los trabajos, cuando supongan riesgos para la propagación de
incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en
la época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.
16. Cualquier actuación que se realice en el DPH (zona de servidumbre o de policía) requiere autorización administrativa previa, que, en este caso, se tramitará conjuntamente
con la oportuna concesión de aguas públicas. En ningún caso se autorizará dentro del
DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 77 del Reglamento del DPH.
17. Con objeto de producir la mínima afección posible a los cursos de agua permanentes o
temporales, vaguadas y terrenos asociados, se prohíbe:
17.1. Efectuar vertidos directos o indirectos que contaminen las aguas.
17.2. Acumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir un pliego
de contaminación de las aguas o de degradación de su entorno.
17.3. Efectuar acciones sobre el medio físico o biológico al agua que constituyan o puedan constituir una degradación del mismo.
18. Se procurará que los bordes y el fondo de la balsa presenten irregularidades con el fin
de una mayor naturalización de la misma. Para ello, se retirará previamente la tierra
más superficial, para posteriormente esparcirla de forma homogénea por los bordes
de la balsa, especialmente en la zona de talud, con la finalidad expresada de acelerar
la revegetación de la misma y su integración en el paisaje.
19. Cuando esta balsa recoja aguas de escorrentía que excedan de su capacidad de llenado, deberá contar con un rebosadero, el cual determinará la cota máxima de llenado.
20. Según la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con carácter
previo a la ejecución de la obra, de cara a la protección del patrimonio arqueológico
no detectado, se deberá realizar una prospección arqueológica intensiva que será lle-
Jueves 3 de noviembre de 2022
53256
14. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la obra
y los transformadores se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su
evacuación y tratamiento por gestor autorizado. Se habilitarán contenedores para los
residuos no peligrosos generados durante las obras para su retirada por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la normativa relativa a residuos.
15. Los restos y residuos de los trabajos, cuando supongan riesgos para la propagación de
incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en
la época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.
16. Cualquier actuación que se realice en el DPH (zona de servidumbre o de policía) requiere autorización administrativa previa, que, en este caso, se tramitará conjuntamente
con la oportuna concesión de aguas públicas. En ningún caso se autorizará dentro del
DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 77 del Reglamento del DPH.
17. Con objeto de producir la mínima afección posible a los cursos de agua permanentes o
temporales, vaguadas y terrenos asociados, se prohíbe:
17.1. Efectuar vertidos directos o indirectos que contaminen las aguas.
17.2. Acumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir un pliego
de contaminación de las aguas o de degradación de su entorno.
17.3. Efectuar acciones sobre el medio físico o biológico al agua que constituyan o puedan constituir una degradación del mismo.
18. Se procurará que los bordes y el fondo de la balsa presenten irregularidades con el fin
de una mayor naturalización de la misma. Para ello, se retirará previamente la tierra
más superficial, para posteriormente esparcirla de forma homogénea por los bordes
de la balsa, especialmente en la zona de talud, con la finalidad expresada de acelerar
la revegetación de la misma y su integración en el paisaje.
19. Cuando esta balsa recoja aguas de escorrentía que excedan de su capacidad de llenado, deberá contar con un rebosadero, el cual determinará la cota máxima de llenado.
20. Según la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con carácter
previo a la ejecución de la obra, de cara a la protección del patrimonio arqueológico
no detectado, se deberá realizar una prospección arqueológica intensiva que será lle-