Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063232)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para la transformación en regadío de una superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz). Expte: IA20/0320.
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NÚMERO 211
Jueves 3 de noviembre de 2022
53232
RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para la transformación en
regadío de una superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo", en
el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz). Expte: IA20/0320.
(2022063232)
El proyecto de “Concesión de aguas subterráneas para la transformación en regadío de un superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo”, ubicado en el término municipal de Puebla
de Alcocer (Badajoz) pertenece al Grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura”
epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de
avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por
instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del Anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se
establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la
resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las
obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es Órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019,
de 29 de octubre, modificado por el Decreto 20/2021, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas
efectuadas, así como información complementaria aportada por el promotor.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto “Concesión de aguas subterráneas para la transformación en
regadío de un superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo”, ubicado en el término
municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz), es D. Juan Franco Peña.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Jueves 3 de noviembre de 2022
53232
RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para la transformación en
regadío de una superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo", en
el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz). Expte: IA20/0320.
(2022063232)
El proyecto de “Concesión de aguas subterráneas para la transformación en regadío de un superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo”, ubicado en el término municipal de Puebla
de Alcocer (Badajoz) pertenece al Grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura”
epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de
avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por
instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del Anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se
establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la
resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las
obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es Órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019,
de 29 de octubre, modificado por el Decreto 20/2021, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas
efectuadas, así como información complementaria aportada por el promotor.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto “Concesión de aguas subterráneas para la transformación en
regadío de un superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo”, ubicado en el término
municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz), es D. Juan Franco Peña.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.