Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063056)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena para subvencionar en el ejercicio 2022 el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil de dicha localidad.
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NÚMERO 211
Jueves 3 de noviembre de 2022

53068

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA
JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE MONTERRUBIO
DE LA SERENA PARA SUBVENCIONAR EN EL EJERCICIO 2022 EL
DESARROLLO DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN INFANTIL (0-3 AÑOS) EN
LA ESCUELA INFANTIL DE DICHA LOCALIDAD.
Mérida, 20 de septiembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación de la
Consejería de Educación y Empleo, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado
por el Decreto 30/2020, de 2 de julio (DOE n.º 128, de 3 de julio), actuando en el ejercicio
de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se
modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del
Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) y por Resolución
de 13 de noviembre de 2019, de la Secretaria General, sobre delegación de determinadas
competencias y delegación de firma (DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
Y de otra, D. Jesús Martín Torres, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio
de la Serena, con CIF P0608700-A, en virtud de lo establecido en los artículos 21.b) y 57 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen
recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma
la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su
extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen de
organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de
interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y
servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria a la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla la educación
infantil como la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el