Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063198)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 126,8351 ha en la finca Cerro Teresa y Majadas Altas", cuya promotora es José María Manzanares, SL, en el término municipal de Campolugar (Cáceres). Expte.: IA21/1301.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022



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1.3. (D) Con carácter general será incompatible la puesta en riego de las zonas de
cultivo o terrenos abiertos zonificados bajo las categorías de ZIP o ZAI cuando
lo hayan sido por su valor para la conservación de las aves esteparias.

1.4. (D) Con carácter general no se podrán llevar a cabo forestaciones con quercíneas u otras especies leñosas, en ninguna zona de cultivo o terreno abierto
zonificada bajo las categorías de ZIP o ZAI cuando lo hayan sido por su valor
para la conservación de las aves esteparias, a excepción de las reforestaciones
llevadas a cabo en riberas o para la creación de lindes, bordes o islas.


1.5. (D) Se fomentará el mantenimiento de los pastizales permanentes evitando su
puesta en cultivo al ser áreas imprescindibles para la cría y alimentación de las
aves esteparias.



1.6. (D) Se fomentará el incremento de la heterogeneidad de los hábitats y la diversidad estructural, manteniendo el mosaico de cultivos e incluyendo en la
rotación de cultivos las leguminosas de secano y especies forrajeras.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, el informe de afección a la Red Natura 2000 y
sobre la biodiversidad (CN22/3186/17) de fecha 19 de julio de 2022, emitido por el
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad concluye informando que la actividad solicitada, puede tener efectos
negativos importantes y significativos sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000 y
debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Para
ello, se recomienda adoptar nuevas alternativas como la no ejecución de sistema súper
intensivo o incorporar medidas preventivas y correctoras que permitan compatibilizar
las actuaciones con la conservación de los hábitats naturales y las especies protegidas,
especialmente con los elementos clave de los espacios Natura 2000 susceptibles de
verse afectados.


3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Como ya se ha indicado en el presente informe, la zona de actuación cuenta con una
dotación aprobada de 6.000 m3/ha-año, indicándose en el documento ambiental que
la demanda hídrica en el olivar superintensivo ronda los 3.200 m3/ha-año (aunque sin
aportar un estudio agronómico que verifique dichas estimaciones). Para una correcta
valoración de los impactos ambientales derivados del consumo de agua, debería aportarse el correspondiente estudio de necesidades hídricas del futuro cultivo a implantar,
así como un estudio detallado del ahorro efectivo de agua que se produciría mediante
la ejecución y puesta en marcha del proyecto, incluyendo las correspondientes medidas
que verifiquen el cumplimiento de este ahorro efectivo de recursos hídricos.