Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063208)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina de cebo en régimen intensivo, cuyo promotor es Javier Domínguez Dosado, en el término municipal de Santibañez el Bajo. Expte.: IA22/0124.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022
52936
por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y
los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (UE) n.º
142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará que el almacenamiento de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera del recinto de la instalación.
• Los animales serán manejados en naves y patios de ejercicio en tierra. Para ello contará
con dos patios de ejercicio en tierra de 4.379 y 2.328 m2 con canalizaciones de pluviales
y lixiviados a balsa de retención de 130 m3. La duración de la estancia de los cerdos en
estas superficies no superará los 9 meses al año, permaneciendo el resto del tiempo en
periodo de descanso y regeneración.
El manejo de los animales en los patios deberá cumplir los siguientes requisitos:
– El arbolado que se encuentre en los patios de ejercicio se protegerá de la incidencia
directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces con
piedra y mallazo.
–C
on el fin de mejorar la posible erosión y degradación del suelo, se procederá a la
siembra de pradera y leguminosa en los periodos de descanso de los patios.
– En los periodos de mayor pluviometría para evitar el arrastre de las deyecciones por
el agua y la erosión de los patios, se recluirán los animales en las naves de secuestro.
En todo caso, si como consecuencia del manejo de la explotación se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación por nitratos de las
aguas será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.
• Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento
del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización administrativa
de la Confederación Hidrográfica correspondiente.
• Se deberá realizar un análisis con periodicidad anual del parámetro nitratos en un pozo
o sondeo situado dentro de la explotación que deberá ser remitido a la Confederación
Hidrográfica correspondiente, con objeto de realizar un seguimiento de los niveles de
contaminación difusa en la zona.
• Efectuar los procesos de limpieza, desinfección y desinsectación de forma periódica,
para mantener las instalaciones existentes en buenas condiciones higiénico-sanitarias.
No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vacíos sanitarios de las instalaciones que
albergan los animales.
Miércoles 2 de noviembre de 2022
52936
por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y
los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (UE) n.º
142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará que el almacenamiento de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera del recinto de la instalación.
• Los animales serán manejados en naves y patios de ejercicio en tierra. Para ello contará
con dos patios de ejercicio en tierra de 4.379 y 2.328 m2 con canalizaciones de pluviales
y lixiviados a balsa de retención de 130 m3. La duración de la estancia de los cerdos en
estas superficies no superará los 9 meses al año, permaneciendo el resto del tiempo en
periodo de descanso y regeneración.
El manejo de los animales en los patios deberá cumplir los siguientes requisitos:
– El arbolado que se encuentre en los patios de ejercicio se protegerá de la incidencia
directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces con
piedra y mallazo.
–C
on el fin de mejorar la posible erosión y degradación del suelo, se procederá a la
siembra de pradera y leguminosa en los periodos de descanso de los patios.
– En los periodos de mayor pluviometría para evitar el arrastre de las deyecciones por
el agua y la erosión de los patios, se recluirán los animales en las naves de secuestro.
En todo caso, si como consecuencia del manejo de la explotación se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación por nitratos de las
aguas será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.
• Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento
del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización administrativa
de la Confederación Hidrográfica correspondiente.
• Se deberá realizar un análisis con periodicidad anual del parámetro nitratos en un pozo
o sondeo situado dentro de la explotación que deberá ser remitido a la Confederación
Hidrográfica correspondiente, con objeto de realizar un seguimiento de los niveles de
contaminación difusa en la zona.
• Efectuar los procesos de limpieza, desinfección y desinsectación de forma periódica,
para mantener las instalaciones existentes en buenas condiciones higiénico-sanitarias.
No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vacíos sanitarios de las instalaciones que
albergan los animales.