Servicio Extremeño De Salud. Sentencias. Ejecución. (2022063230)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 396/2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento abreviado n.º 2/2022, y que confirma la sentencia n.º 61/2022, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida.
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Miércoles 2 de noviembre de 2022

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SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la
que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 396/2022, dictada por la
Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura en el procedimiento abreviado n.º 2/2022, y que confirma la
sentencia n.º 61/2022, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo
n.º 2 de Mérida. (2022063230)
La sentencia n.º 396/2022, de 30 de junio de 2022, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ha desestimado el recurso de apelación
n.º 130/2022 interpuesto por la Junta de Extremadura contra la sentencia n.º 61/2022, de
30 de marzo de 2022, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, dictada
en el procedimiento abreviado n.º 2/2022 y promovido por D.ª Raquel Durán Venera, contra
la desestimación por silencio administrativo del recurso potestativo de reposición presentado
el 24 de junio de 2021 frente a la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se hacen públicos los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos,
referentes al corte de actualización de valoración de méritos de 30 de septiembre de 2020,
en la Bolsa de Trabajo de la categoría de Enfermero/a Especialista Obstétrico-Ginecólogico,
convocada por Resolución de 6 de noviembre de 2013, de la Dirección Gerencia, en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
Dicha sentencia n.º 396/2022, de 30 de junio de 2022, dictada por la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ha confirmado la sentencia
n.º 61/2022, de 30 de marzo de 2022, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de
Mérida dictada en el procedimiento abreviado n.º 2/2022, habiendo adquirido firmeza según
se ha informado en el Oficio de fecha 4 de octubre de 2022, remitido por el citado Juzgado.
En relación con lo anterior, el artículo 40.1 del Reglamento de organización y funcionamiento
de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión
Jurídica de Extremadura, aprobado mediante el Decreto 1/2022, de 12 de enero, establece:
“1. Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.
Por tanto, de conformidad con lo anterior y con lo establecido en los artículos 8 y siguientes
del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución
de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
esta Dirección Gerencia.