Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063044)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, a través del Instituto de la Mujer de Extremadura, y el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle para la prestación del Servicio de Atención Psicológica a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

52692

establece que corresponde a la administración local, colaborar en la gestión, en su caso, de
los servicios de la Red de Atención a Víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo que
se establezca mediante convenio con la Administración autonómica.
Es por todo ello que la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, en el ejercicio
de las competencias que tiene atribuidas, apelando al deber de colaboración regulado en el
artículo 141 y 142, de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
deber que ha de presidir las relaciones interadministrativas, precisa de la Administración Local
para el mejor cumplimiento de sus fines, con el objetivo de acercar a las mujeres víctimas
de violencia de género el servicio que prestan los Puntos de Atención Psicológica, siempre
buscando agilidad y eficiencia en la prestación del referido servicio.
Se pretende consolidar y reforzar los sistemas de atención a las víctimas de violencia de
género y garantizar su acceso a la Red de recursos de los que se ha dotado la Comunidad
Autónoma de Extremadura en materia de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género
en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la violencia de género y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
Tercero. El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, quedando
excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en
virtud de lo dispuesto en su artículo 6, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las
dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Igualmente, el presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de
lo dispuesto en su artículo 3.1 g).
Cuarto. Que para el cumplimiento de los intereses comunes, en el que la Consejería de
Igualdad y Cooperación para el Desarrollo y el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle
comparten competencias, ambas partes coinciden en la necesidad de prestar el Servicio de
Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, que permita garantizar el
asesoramiento, diagnóstico e intervención individualizada o grupal a todas las mujeres, junto
a sus hijos e hijas, que requieran atención, como consecuencia de sufrir o haber sufrido
violencia de género en el ámbito de las relaciones afectivas de pareja.