Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063044)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, a través del Instituto de la Mujer de Extremadura, y el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle para la prestación del Servicio de Atención Psicológica a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

52690

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD
Y COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO, A TRAVÉS DEL INSTITUTO
DE LA MUJER DE EXTREMADURA, Y EL AYUNTAMIENTO DE CABEZUELA
DEL VALLE PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN
PSICOLÓGICA A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y A
SUS HIJAS E HIJOS.
Mérida, 21 de septiembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Dª. Estela Contreras Asturiano, Directora General del Instituto de la Mujer de
Extremadura, actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 8.2,k) del
Decreto 185/2001, de cinco de diciembre, que aprueba los Estatutos del Instituto de la Mujer
de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 53.4 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 28 de julio de 2022.
Y de la otra, la Ilma. Sra. Doña María Luisa Yusta Calle, que actúa en nombre y representación
del Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, con NIF ****360**, en su calidad de Alcaldesa Presidenta, actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1.b) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Reconociéndose ambas partes competencia y capacidad legal suficiente para el otorgamiento
de este Convenio y, de acuerdo con las atribuciones que tienen conferidas, a tal efecto
EXPONEN
Primero. El artículo 14 de la Constitución Española erige como derecho fundamental la
igualdad de todos los españoles y españolas ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación
alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, de reforma del Estatuto de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
su artículo 7.12 establece que los poderes públicos regionales, consideran como objetivo
irrenunciable que informará todas las políticas regionales y la práctica de las Instituciones, la
plena y efectiva igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social,
laboral, económica y cultural.
La Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de
Género en Extremadura, recoge en su artículo 78 que la Junta de Extremadura, en el ámbito