Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Plan Infoex. (2022040193)
Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022
52581
4. E
l Centro Operativo Regional funcionará las 24 horas del día durante las Épocas de Peligro
Alto y de Peligro Medio de incendios.
5. La información referente a incendios forestales, recibida en el Centro de Urgencias y Emergencias 112 de Extremadura, será transmitida al Centro Operativo Regional, el cual recíprocamente dará cumplida respuesta al 112.
Artículo 12. Mando Directivo.
1. La dirección ejecutiva del Plan INFOEX corresponde al Mando Directivo que estará formado
por los Coordinadores y Coordinadoras Regionales. Sus funciones se extenderán todo el
año.
2. La superior dirección técnica del Plan INFOEX será desempeñada por los Coordinadores
y Coordinadoras Regionales que formarán el Mando Único de la extinción en función del
calendario de trabajo.
Cuando las circunstancias lo requieran, y a petición de la Dirección ejecutiva del Plan INFOEX, quien ostente la Jefatura de Servicio de Prevención y Extinción de Incendios podrá
asumir esa superior dirección técnica de la extinción, siempre que cumpla con los requisitos indicados en el artículo 19.1 del presente decreto.
3. Las personas integrantes del Mando Directivo tendrán plena atribución en orden a la movilización de los medios de la Junta de Extremadura, de las Diputaciones Provinciales, de
las Mancomunidades de Municipios y de los Ayuntamientos en todos sus Parques, así como
para solicitar la movilización de los medios pertenecientes al Estado.
4. Tendrán, además de otras que se le puedan encomendar, las siguientes funciones y responsabilidades:
a) Elevar propuestas al Comité de Dirección sobre planificación del operativo de lucha contra incendios forestales.
b) Conocer la situación general de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma para
prever la posible movilización de medios entre las diferentes Zonas de Coordinación.
c) La Dirección técnica de la extinción de aquellos incendios que hayan sido declarados
Nivel 2 o que por sus características se estime conveniente, o a requerimiento de la
Dirección del COR.
d) Fijar las prioridades y asignar los medios pertenecientes a las distintas Administraciones
Públicas en los incendios que lo requieran.
Miércoles 2 de noviembre de 2022
52581
4. E
l Centro Operativo Regional funcionará las 24 horas del día durante las Épocas de Peligro
Alto y de Peligro Medio de incendios.
5. La información referente a incendios forestales, recibida en el Centro de Urgencias y Emergencias 112 de Extremadura, será transmitida al Centro Operativo Regional, el cual recíprocamente dará cumplida respuesta al 112.
Artículo 12. Mando Directivo.
1. La dirección ejecutiva del Plan INFOEX corresponde al Mando Directivo que estará formado
por los Coordinadores y Coordinadoras Regionales. Sus funciones se extenderán todo el
año.
2. La superior dirección técnica del Plan INFOEX será desempeñada por los Coordinadores
y Coordinadoras Regionales que formarán el Mando Único de la extinción en función del
calendario de trabajo.
Cuando las circunstancias lo requieran, y a petición de la Dirección ejecutiva del Plan INFOEX, quien ostente la Jefatura de Servicio de Prevención y Extinción de Incendios podrá
asumir esa superior dirección técnica de la extinción, siempre que cumpla con los requisitos indicados en el artículo 19.1 del presente decreto.
3. Las personas integrantes del Mando Directivo tendrán plena atribución en orden a la movilización de los medios de la Junta de Extremadura, de las Diputaciones Provinciales, de
las Mancomunidades de Municipios y de los Ayuntamientos en todos sus Parques, así como
para solicitar la movilización de los medios pertenecientes al Estado.
4. Tendrán, además de otras que se le puedan encomendar, las siguientes funciones y responsabilidades:
a) Elevar propuestas al Comité de Dirección sobre planificación del operativo de lucha contra incendios forestales.
b) Conocer la situación general de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma para
prever la posible movilización de medios entre las diferentes Zonas de Coordinación.
c) La Dirección técnica de la extinción de aquellos incendios que hayan sido declarados
Nivel 2 o que por sus características se estime conveniente, o a requerimiento de la
Dirección del COR.
d) Fijar las prioridades y asignar los medios pertenecientes a las distintas Administraciones
Públicas en los incendios que lo requieran.