Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Voluntariado. Premios. (2022040192)
Decreto 131/2022, de 26 de octubre, por el que se regulan los Premios Extremeños al Voluntariado.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

I

52557

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DECRETO 131/2022, de 26 de octubre, por el que se regulan los Premios
Extremeños al Voluntariado. (2022040192)
La Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias exclusivas sobre las materias
de acción social (artículo 9.1.27 del Estatuto de Autonomía de Extremadura); políticas de
integración y participación social, cultural, económica y laboral de los inmigrantes, en colaboración con el Estado, y participación en las políticas de inmigración estatales (artículo 9.1.28
del Estatuto de Autonomía de Extremadura); asociaciones y fundaciones de todo tipo que desarrollen principalmente sus funciones en Extremadura, y fomento del voluntariado (artículo
9.1.45 del Estatuto de Autonomía de Extremadura), en cuyo desarrollo legislativo ulterior se
desarrollarán las atribuciones en materia de participación y voluntariado.
A tales efectos, la Junta de Extremadura, como reconocimiento público a la labor de aquellas
personas físicas o jurídicas que participen o desarrollen programas o acciones de voluntariado
social en la Comunidad Autónoma de Extremadura que sirva de estímulo a los mismos, aprobó en Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Igualdad y Empleo, el Decreto
204/2010, de 5 de noviembre, por el que se crean los Premios Extremeños al Voluntariado Social
y se convoca su concesión para el año 2010 (DOE núm. 217, de 11 de noviembre de 2010), siendo modificado por el Decreto 144/2013, de 30 de julio (DOE núm. 152, de 7 de agosto de 2013).
Por su parte, en el seno de este marco competencial otorgado por el Estatuto de Autonomía
de Extremadura, y en atención al fomento de la participación ciudadana, se aprobó la Ley
12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura, que deroga la Ley 1/1998, de
5 de febrero, del Voluntariado Social en Extremadura, estableciendo en su artículo 40.2 que
“La Junta de Extremadura promoverá los Premios Extremeños al Voluntariado con el objeto
de reconocer y galardonar a las personas, físicas o jurídicas, que participen, desarrollen o se
hayan distinguido en los programas de voluntariado en el marco del desarrollo y consolidación de los derechos sociales, económicos, culturales, ambientales, y demás establecidos en
el artículo 10. Estos premios se convocarán y concederán de forma anual, y su desarrollo se
regulará de forma reglamentaria”.
Igualmente, el artículo 42.2 c) de la citada Ley del Voluntariado, atribuye a la Junta de Extremadura, a través de la Consejería que tenga atribuida las competencias en materia de fomento del voluntariado, la función de promover el reconocimiento público de la labor realizada
por las personas voluntarias.