Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063168)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 98,56 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Jesús Marques Infante, en el término municipal de Alburquerque (Badajoz). Expte.: IA21/1627.
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NÚMERO 209
Lunes 31 de octubre de 2022
52509
3.3.6. Paisaje.
El paisaje sufrirá una transformación de carácter permanente durante la vida útil del
cultivo leñoso que se pretende implantar. En el documento ambiental aportado no se
han incluido medidas para mitigar este impacto ambiental, aunque teniendo en cuenta
la lejanía de la zona de actuación a núcleos de población e infraestructuras de transporte, así como el relativo aislamiento de la zona de actuación, se puede esperar que este
impacto ambiental no tenga el carácter de significativo.
3.3.7. Patrimonio arqueológico.
Como ya se ha indicado en el presente informe, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural considera que el documento ambiental aportado no identifica posibles impactos potenciales del proyecto sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto.
En este sentido, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural considera que se deberían realizar por parte del promotor actuaciones que permitirán valorar,
prevenir y corregir los impactos sobre el patrimonio cultural, incluyendo en el proyecto
informe con las actuaciones determinadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que se realice sobre las áreas dónde se contemplen movimientos
de tierra, siendo dirigida la prospección por técnicos especializados en toda la zona de
afección, así como áreas de servidumbres, zonas de paso para maquinaria, zanjeos de
tuberías, acopios y préstamos con el objetivo de localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran existir.
3.3.8. Consumo de recursos y cambio climático.
El proyecto de implantación de un cultivo permanente en régimen superintensivo en regadío supone un consumo fundamentalmente de suelo y agua. Tal y como se ha comentado en el apartado 3.3.2. del presente informe, en el documento ambiental aportado
se indica que es el organismo de Cuenca el que comprueba la disponibilidad de recursos
hídricos para la plantación proyectada, no realizándose ninguna valoración al respecto.
Asimismo, no es posible afirmar con rotundidad que el proyecto de referencia cumplirá
con las prescripciones legales establecidas en la planificación hidrológica, así como con
el resto de la Normativa en materia de aguas, no pudiendo descartarse la posibilidad de
generarse un impacto significativo sobre los recursos naturales, en especial el agua.
Por otra parte, durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo
agrícola leñoso, se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al consolidarse la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
Lunes 31 de octubre de 2022
52509
3.3.6. Paisaje.
El paisaje sufrirá una transformación de carácter permanente durante la vida útil del
cultivo leñoso que se pretende implantar. En el documento ambiental aportado no se
han incluido medidas para mitigar este impacto ambiental, aunque teniendo en cuenta
la lejanía de la zona de actuación a núcleos de población e infraestructuras de transporte, así como el relativo aislamiento de la zona de actuación, se puede esperar que este
impacto ambiental no tenga el carácter de significativo.
3.3.7. Patrimonio arqueológico.
Como ya se ha indicado en el presente informe, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural considera que el documento ambiental aportado no identifica posibles impactos potenciales del proyecto sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto.
En este sentido, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural considera que se deberían realizar por parte del promotor actuaciones que permitirán valorar,
prevenir y corregir los impactos sobre el patrimonio cultural, incluyendo en el proyecto
informe con las actuaciones determinadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que se realice sobre las áreas dónde se contemplen movimientos
de tierra, siendo dirigida la prospección por técnicos especializados en toda la zona de
afección, así como áreas de servidumbres, zonas de paso para maquinaria, zanjeos de
tuberías, acopios y préstamos con el objetivo de localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran existir.
3.3.8. Consumo de recursos y cambio climático.
El proyecto de implantación de un cultivo permanente en régimen superintensivo en regadío supone un consumo fundamentalmente de suelo y agua. Tal y como se ha comentado en el apartado 3.3.2. del presente informe, en el documento ambiental aportado
se indica que es el organismo de Cuenca el que comprueba la disponibilidad de recursos
hídricos para la plantación proyectada, no realizándose ninguna valoración al respecto.
Asimismo, no es posible afirmar con rotundidad que el proyecto de referencia cumplirá
con las prescripciones legales establecidas en la planificación hidrológica, así como con
el resto de la Normativa en materia de aguas, no pudiendo descartarse la posibilidad de
generarse un impacto significativo sobre los recursos naturales, en especial el agua.
Por otra parte, durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo
agrícola leñoso, se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al consolidarse la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.