Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2022063140)
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Federación Extremeña de Tiro con Arco, aprobado en Asamblea Extraordinaria Federativa de 2 de septiembre de 2022 y su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 208
Viernes 28 de octubre de 2022

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Artículo 2. Régimen jurídico.
La FEXTA se rige en cuanto a su constitución, organización y funcionamiento por lo dispuesto
en el presente Estatuto y sus reglamentos de desarrollo y, con carácter general por la Ley
2/1995, de 6 de abril, del Deporte en Extremadura y sus normas de desarrollo, por el Decreto
27/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las federaciones deportivas extremeñas, así
como, en lo que proceda, por las normas estatutarias y reglamentarias de la Real Federación
Española de Tiro con Arco.
Artículo 3. Sistema de integración en la Real Federación Española de Tiro con Arco.
1. L
 a FEXTA se integra en la Real Federación Española de Tiro con Arco (en adelante RFETA)
para participar en actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter nacional
celebradas dentro y fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La FEXTA depende en materia competitiva y disciplinaria, a nivel estatal e internacional, de
la RFETA, aplicándose en este caso las normas y reglamentos de la misma.
Artículo 4. Organización territorial y domicilio social.
La FEXTA se estructura territorialmente en una sede de ámbito autonómico, cuyo domicilio
social queda fijado en la actualidad, en la localidad de Cáceres, en la Ciudad Deportiva, Avd.
del Brocense s/n, C.P. 10002. En el caso de ser necesario, se podrá establecer también el
domicilio social en la provincia de Badajoz.
Artículo 5. Funciones y competencias.
La FEXTA ejercerá las siguientes funciones:
1. Promover y difundir, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura la modalidad
deportiva de Tiro con Arco.
2. C
 alificar, organizar, desarrollar y tutelar las actividades y competiciones deportivas oficiales,
en el ámbito deportivo extremeño.
Son competiciones deportivas oficiales de carácter autonómico, aquellas que figuren como
tales en el calendario oficial de la FEXTA, debidamente aprobado por la Asamblea General,
que estén organizadas o tuteladas por la FEXTA y en las que participen deportistas con
licencia en vigor expedida por esta Federación.
3. 
Ostentar la representación de la RFETA en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.