Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2022063140)
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Federación Extremeña de Tiro con Arco, aprobado en Asamblea Extraordinaria Federativa de 2 de septiembre de 2022 y su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 208
Viernes 28 de octubre de 2022

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f. Coordinar con la RFETA los niveles y temas de formación.
2. Este Comité estará compuesto por un máximo de 3 personas, además de la Presidencia de
este Comité, la cual será asignada libremente por la Presidencia de la FEXTA.
SECCIÓN 2ª
Comité Autonómico de Jueces/zas
Artículo 34. Comité Autonómico de Jueces/zas.
El Comité Autonómico de Jueces/zas es un órgano técnico de la FEXTA, cuya composición y
funciones se determinan en el correspondiente Reglamento de la misma, que agrupa a todos
los jueces y juezas de nuestra Comunidad Autónoma, sean con titulación expedida por la
FEXTA o por la RFETA, así como por otras Federaciones que sean reconocidos y convalidados
por esta Federación.
Artículo 35. Competencias
1. S
 on competencias de este Comité las siguientes:
a. 
Proponer las normas complementarias a los Reglamentos de las competiciones
autonómicas y del resto de disposiciones de otros organismos que pudieran afectarle e
interpretar los mismos.
b. Seleccionar, formar y examinar a todas las personas interesadas en realizar las funciones
de Juez, según lo que se especifique de forma reglamentaria.
c. Proponer a la RFETA, los nombres de las personas idóneas que han de impartir los
diferentes cursos para la formación de Jueces de Nivel I, II y III.
d. Nombrar a los jueces/zas que han de actuar en las competiciones de carácter Autonómico
que organice o tutele la FEXTA.
e. Proponer a la FEXTA, los nombres de las personas idóneas que han de impartir los
diferentes cursos para la formación de jueces/zas Autonómicos, con el visto bueno de la
Presidencia de esta Federación.
f. Otorgar los títulos y licencias de los jueces/zas Autonómicos que llevarán el visto bueno
de la Presidencia de la FEXTA.
2. Este Comité estará compuesto por tres personas además del Comité Autonómico de Jueces
y Juezas, la cual será designado libremente por la Presidencia de la FEXTA.