Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2022063140)
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Federación Extremeña de Tiro con Arco, aprobado en Asamblea Extraordinaria Federativa de 2 de septiembre de 2022 y su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 208
Viernes 28 de octubre de 2022

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1. Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias, de la Asamblea General y de la Junta
Directiva y fijar el orden del día teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás
miembros formuladas con suficiente antelación hasta setenta y dos (72) horas antes de su
celebración.
2. 
Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas
justificadas.
3. D
 irimir con su voto los empates a efectos de adoptar acuerdos.
4. Asegurar el cumplimiento y la ejecución de los acuerdos válidamente adoptados por los
órganos de gobierno y representación de la Federación.
5. V
 isar las actas y certificaciones de los acuerdos de los órganos de la Federación conjuntamente
con el Secretario/a.
6. Ordenar pagos y compras con un importe de más de un 10% del presupuesto anual de la
Federación. Esta función será consultada con la Tesorería y resto de la Junta Directiva.
7. C
 ontratación de servicios externos.
Artículo 23. Incompatibilidades.
La Presidencia de la Federación tendrá las siguientes incompatibilidades:
1. No podrá pertenecer a ningún órgano de ninguna entidad deportiva adscrita a la Federación.
2. La dirección de su mandato no podrá ser superior a dos periodos electorales consecutivos
o a tres, caso de que uno de ellos hay sido inferior a cuatro años.
SECCIÓN 3ª
La Secretaría General
Artículo 24. La Secretaría General
1. La persona que ostente la Secretaría General, que lo será de la Asamblea General y de
la Junta Directiva, será designada y revocada por la Asamblea General a propuesta del
Presidente/a, y ejercerá las siguientes funciones:
a. Fedatario/a de actas y acuerdos.
b. Custodia de archivos documentales de la Federación.