Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Idiomas. (2022050194)
Corrección de errores de la Orden de 2 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 208
Viernes 28 de octubre de 2022

52151

por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso
sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual, corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
Para su acreditación deberán autorizar a la Consejería a obtener de oficio el correspondiente certificado negativo de delitos de naturaleza sexual de conformidad con los dispuesto
en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor, en la redacción dada tras la entrada en vigor de la Ley 26/2015 de 28 de julio, de
Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y en la Instrucción
1/2016, de 14 de marzo, conjunta de la Secretaría General y de la Secretaría General de
Educación de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, o si se
oponen deberán presentarlo con la solicitud, según lo previsto en el anexo I.
Si tras la incorporación de la persona auxiliar al centro educativo se comprobase que ha
sido condenada por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, deberá abandonar inmediatamente el centro educativo y perderá la condición de beneficiario de la subvención,
debiendo reintegrar las cantidades percibidas, en su caso, conforme a lo establecido en el
artículo 10 de esta orden.”
En la página 44630 el apartado 1 del artículo 11. Resolución:
Donde dice:
“1. La resolución del procedimiento será adoptada por Secretaría General con el siguiente
contenido:
Indicación de las personas beneficiarias, de la actividad y del plazo de ejecución, con expresión del inicio del cómputo.
La cuantía de la subvención, y la aplicación presupuestaria del gasto.
La forma y la secuencia del pago y los requisitos exigidos para su abono.
Condiciones que, en su caso, se impongan a las personas beneficiarias.
Plazo y forma de justificación por parte de las personas beneficiarias del cumplimiento de
la finalidad para la que se concede la subvención.
La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella el recurso contencioso administrativo, en la forma y los plazos
establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en