Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063029)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Cáceres para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (construcción de dos aparcamientos disuasorios) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022
51910
Conferencia Nacional de Transportes de 5 de noviembre de 2021 por el que se fijan los
criterios de distribución territorial de créditos presupuestarios de los ejercicios 2021 y
2022, así como la distribución correspondiente al ejercicio de 2021, para la financiación de
actuaciones de inversión en el marco de los componentes 1 “plan de choque de movilidad
sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos” y 6 “movilidad
sostenible, segura y conectada” del plan de recuperación, transformación y resiliencia,
se prevé, entre otras numerosas actuaciones objeto de financiación, el desarrollo de las
asignadas al municipio de CÁCERES.
VIII. El Ayuntamiento de CÁCERES (en adelante, el Ayuntamiento), en el ejercicio de sus
competencias en materia de tráfico, estacionamiento de vehículos, movilidad y transporte
colectivo urbano (artículo 25.2.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local), considera de interés público, para el municipio que gobierna, el
proyecto de inversión objeto de ayuda pública por la Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda a ejecutar en el municipio y consistente en un proyecto de construcción
de dos aparcamientos disuasorios en la Avenida Pierre de Coubertain y en el Parque
del Príncipe, inversión que producirá efectos beneficiosos en el medio ambiente y la
economía del municipio, entre los que cabe citar como más significativos:
a) Reducción del tráfico en el centro urbano, de forma que pueda lograrse el mayor
efecto posible en la mejora de la calidad del aire, la reducción de emisiones de gases
de efecto invernadero, y la disminución de la siniestralidad y de la contaminación
acústica.
b)
Impulso del fomento de la movilidad activa y de 0 emisiones, contribuyendo al
objetivo establecido en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de cambio
modal del 35% de los pasajeros-kilómetro que actualmente se realizan en vehículos
privados.
c) Contribución a la actividad económica y al empleo.
d) Promoción de la intermodalidad con los medios de transporte público y la conexión
con las zonas comerciales y el recinto histórico mediante itinerarios peatonales y
ciclistas seguros.
IX. L
a suscripción del presente convenio contribuye a mejorar la eficiencia de la gestión
pública, posibilitando que el destinatario de los recursos financieros lleve a cabo la
ejecución del proyecto de inversión, en atención al interés público que reviste para los
vecinos del municipio beneficiario, a cuyo efecto es preciso utilizar conjuntamente los
medios financieros de que se dispone, puestos al servicio de una actividad reconocida
como de utilidad pública.
Jueves 27 de octubre de 2022
51910
Conferencia Nacional de Transportes de 5 de noviembre de 2021 por el que se fijan los
criterios de distribución territorial de créditos presupuestarios de los ejercicios 2021 y
2022, así como la distribución correspondiente al ejercicio de 2021, para la financiación de
actuaciones de inversión en el marco de los componentes 1 “plan de choque de movilidad
sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos” y 6 “movilidad
sostenible, segura y conectada” del plan de recuperación, transformación y resiliencia,
se prevé, entre otras numerosas actuaciones objeto de financiación, el desarrollo de las
asignadas al municipio de CÁCERES.
VIII. El Ayuntamiento de CÁCERES (en adelante, el Ayuntamiento), en el ejercicio de sus
competencias en materia de tráfico, estacionamiento de vehículos, movilidad y transporte
colectivo urbano (artículo 25.2.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local), considera de interés público, para el municipio que gobierna, el
proyecto de inversión objeto de ayuda pública por la Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda a ejecutar en el municipio y consistente en un proyecto de construcción
de dos aparcamientos disuasorios en la Avenida Pierre de Coubertain y en el Parque
del Príncipe, inversión que producirá efectos beneficiosos en el medio ambiente y la
economía del municipio, entre los que cabe citar como más significativos:
a) Reducción del tráfico en el centro urbano, de forma que pueda lograrse el mayor
efecto posible en la mejora de la calidad del aire, la reducción de emisiones de gases
de efecto invernadero, y la disminución de la siniestralidad y de la contaminación
acústica.
b)
Impulso del fomento de la movilidad activa y de 0 emisiones, contribuyendo al
objetivo establecido en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de cambio
modal del 35% de los pasajeros-kilómetro que actualmente se realizan en vehículos
privados.
c) Contribución a la actividad económica y al empleo.
d) Promoción de la intermodalidad con los medios de transporte público y la conexión
con las zonas comerciales y el recinto histórico mediante itinerarios peatonales y
ciclistas seguros.
IX. L
a suscripción del presente convenio contribuye a mejorar la eficiencia de la gestión
pública, posibilitando que el destinatario de los recursos financieros lleve a cabo la
ejecución del proyecto de inversión, en atención al interés público que reviste para los
vecinos del municipio beneficiario, a cuyo efecto es preciso utilizar conjuntamente los
medios financieros de que se dispone, puestos al servicio de una actividad reconocida
como de utilidad pública.